RESOLUCIÓN PRE/2345/2006, de 28 de junio, de convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, de varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad de Cataluña (convocatoria de provisión núm. PR/23/2006).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

PRE/2345/2006, de 28 de junio, de convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, de varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad de Cataluña (convocatoria de provisión núm. PR/23/2006).

De acuerdo con lo que establecen la Ley 7/1996, de 5 de julio, de organización de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña; el artículo 40 del Decreto 57/2002, de 19 de febrero, de modificación del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Visto que están vacantes varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad de Cataluña, y vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión;

Dada la vigente relación de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalidad de Cataluña y la descripción de los puestos de trabajo que es preciso proveer, incluida en el manual de organización del Departamento de la Presidencia;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

.1 Convocar, por el sistema de libre designación, varios puestos de trabajo, adscritos al Gabinete Jurídico de la Generalidad del Departamento de la Presidencia (convocatoria de provisión núm. PR/23/2006), que se detalla en el anexo 2 de esta Resolución.

.2 Aprobar las bases que tienen que regir esta convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el secretario general en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona o, a su elección, lo pueden interponer ante el juzgado en cuya circunscripción tengan el domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 28 de junio de 2006

P. D. (Resolución PRE/1432/2006, DOGC de 12.5.2006)

Ramon García-Bragado y Acín

Secretario general

Anexo 1

Bases

.1 Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, varios puestos de trabajo del Gabinete Jurídico de la Generalidad del Departamento de la Presidencia con las características que constan al apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

.2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso es el que consta al apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

.3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta al apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse respecto de la Administración de la Generalidad en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalidad y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre y cuando cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrán participar los funcionarios de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que está clasificado el puesto convocado a los cuales no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre y cuando la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 Para poder participar, los funcionarios con destinación definitiva tendrán que haber permanecido un mínimo de un año en lugares del mismo nivel desde el que se concursa, salvo que el puesto a proveer sea del mismo departamento o cuando se concurse desde un puesto de libre designación.

3.2 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre y cuando puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder tomar parte en esta convocatoria es preciso poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso de que los aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, el órgano competente evaluará mediante una prueba estos conocimientos en relación al puesto de trabajo a proveer previamente a la elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones mencionadas en la base 4.1 de esta convocatoria, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

Sin embargo, restan exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destinación en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en que hubiese establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se tendrá que adjuntar a la solicitud de participación la acreditación documental correspondiente.

3.4 En ningún caso podrán participar los funcionarios que se encuentren en suspensión de empleo, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de puestos de mando como consecuencia de un expediente disciplinario mientras duren los efectos correspondientes, sin perjuicio que los destituidos de cargos puedan participar para lugares singulares. Tampoco podrán tomar parte los funcionarios en situación diferente a servicio activo que no hayan pasado el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.5 Los requisitos de participación se tienen que reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

.4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso se tienen que presentar en el Registro general del Departamento de la Presidencia, en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad, según las direcciones que se indican a continuación, o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles contadores desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución de convocatoria al DOGC.

Departamento de la Presidencia, c. Santo Honrado, 1-3, 08002 Barcelona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, Via Laietana, 14, 08007 Barcelona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Girona, Gran Via de Jaume I, 9, 17001 Girona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Lleida, c. Lluís Companys, 1, 25003 Lleida.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Tarragona, c. Santo Francesc, 3, 43003 Tarragona.

Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Les Terres de l'Ebre, c. Doctor Ferran, 6-8, 43500 Tortosa.

4.2 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y sólo se admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que el órgano competente decida aceptarlas, una vez transcurrido este plazo, por causas debidamente justificadas.

4.3 La solicitud se tendrá que formalizar según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997).

Igualmente, se puede obtener en la siguiente dirección de Internet: http://www.gencat.net/governacio-ap/administracio/concursos.htm.

Los aspirantes tienen que adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente declaración de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, debidamente especificadas.

4.4 Los aspirantes a que hace referencia la base 3.2 tienen que adjuntar, asimismo, un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que se pueda evaluar...

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