ORDEN ASC/478/2009, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases y se abre convocatoria de becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los ámbitos de actuación del Departamento de Acción Social y Ciudadanía (periodo 2010-2011).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA
Rango de LeyOrden

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ASC/478/2009, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases y se abre convocatoria de becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los ámbitos de actuación del Departamento de Acción Social y Ciudadanía (periodo 2010-2011).

Una de las funciones principales del Departamento de Acción Social y Ciudadanía es la planificación estratégica de las políticas de servicios sociales y de acción social en Cataluña.

La Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales, establece como una de las competencias del Departamento de Acción Social y Ciudadanía fomentar el estudio y la investigación en el ámbito de los servicios sociales.

El Departamento de Acción Social y Ciudadanía tiene la voluntad de facilitar, nuevamente, la colaboración de estudiantes universitarios/arias o de personas que han obtenido recientemente una titulación universitaria, con el fin de promover su participación en la elaboración de estudios que contribuyan a formular las prioridades de la política en el ámbito de la acción social.

Por otro lado, el Departamento de Acción Social y Ciudadanía tiene interés en que los/las estudiantes universitarios/arias, o las personas que recientemente han obtenido una titulación universitaria, y que se incorporarán próximamente al mundo profesional, puedan enriquecer su formación académica y puedan obtener un conocimiento práctico de la organización y la actividad de la Administración pública.

Por todo esto, y de acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su reglamento de desarrollo, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y visto el Acuerdo de Gobierno de fecha 6 de octubre de 2009, por el cual se autoriza el gasto plurianual hasta el año 2011, con un importe máximo de 211.680 euros, para el pago de estas becas,

Ordeno:

Artículo 1

Se aprueban las bases que deben regir esta convocatoria, las cuales constan en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Se abre convocatoria pública para adjudicar 7 becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.

Artículo 3

El gasto derivado de la entrega de las becas, por un importe máximo de 211.680 euros para el periodo 2010-2011, se distribuye en las anualidades siguientes: un importe máximo de 94.080 euros con cargo al presupuesto del año 2010 y un máximo de 117.600 euros con cargo al presupuesto del año 2011.

El crédito para atender las obligaciones económicas objeto de esta convocatoria resulta del Acuerdo de Gobierno de fecha 6 de octubre de 2009.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Barcelona, 3 de noviembre de 2009

Carme Capdevila i Palau

Consejera de Acción Social y Ciudadanía

Anexo 1

Bases

.1 Objeto

El objeto de esta subvención es conceder 7 becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes campos de actuación del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.

.2 Finalidad

Las becas de colaboración tienen por finalidad mejorar la formación teorico-práctica y la preparación profesional de las personas seleccionadas mediante la realización de estudios relacionados con los ámbitos de actuación del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, bajo la tutoría de la persona del Departamento que se designe a tal efecto.

.3...

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