RESOLUCIÓN PTO/28/2007, de 11 de enero, denombramiento del señor Joaquim Lladó Badosa como jefe de la Oficina deProtocolo del Gabinete del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas,con carácter eventual.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

PTO/28/2007, de 11 de enero, de nombramiento del señor Joaquim Lladó Badosa como jefe de la Oficina de Protocolo del Gabinete del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas, con carácter eventual.

Considerando lo que dispone el artículo 12 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509 Anexo, de 3.11.1997);

Visto el Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 4300, de 13.1.2005);

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

.1 Nombrar al señor Joaquim Lladó Badosa jefe de la Oficina de Protocolo del Gabinete del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas, con carácter eventual, con las obligaciones y los derechos inherentes al cargo, con efectos desde el día 15 de enero de 2007.

.2 Las funciones que corresponden a este puesto de trabajo son:

a) Las relaciones con la unidad competente en materia de protocolo de la Presidencia.

b La coordinación de las actividades de protocolo, de actos públicos organizados por el Departamento y de aquéllas en que éste participa.

c) El asesoramiento y asistencia en materia de protocolo al titular del Departamento.

.3 Las retribuciones de este puesto de trabajo son las correspondientes a un puesto de personal funcionario del grupo A, nivel de complemento de destino 28 y complemento específico de 34.781,88 euros (con jornada de dedicación especial).

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, y de acuerdo con lo que establecen el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el...

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