DECRETO 322/2001, de 4 de diciembre, de reestructuración de la Escuela de Policía de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

322/2001, de 4 de diciembre, de reestructuración de la Escuela de Policía de Cataluña.

La Escuela de Policía de Cataluña, como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Interior, creado por la Ley 27/1985, de 27 de diciembre, tiene atribuidas, entre otras, las funciones en materia de formación de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra y de las policías locales.

Mediante el Decreto 294/1997, de 11 de noviembre, se estableció la estructura orgánica de la Escuela de Policía de Cataluña dando respuesta a la necesidad de establecer los órganos en que se estructura, de fijar sus funciones y de organizar los recursos humanos adscritos.

Asimismo, la implantación del modelo policial catalán que ha comportado el desarrollo del cuerpo de mozos de escuadra ha generado un proceso de crecimiento y especialización que ha obligado a la Escuela de Policía de Cataluña a hacer frente a estos nuevos retos, con la consolidación de su programa formativo y con la asunción de un crecimiento considerable de alumnos y de modalidades formativas, así como de infraestructuras, equipamientos y servicios para darle respuesta. Este crecimiento de los servicios que tiene que prestar y su complejidad han comportado que las funciones de la Escuela hayan aumentado, por lo que se hace necesaria una revisión de su estructura orgánica.

Igualmente, el crecimiento constante tanto de las actividades de formación como del número de alumnos lleva implícita, por una parte, la ampliación de las instalaciones formativas y un refuerzo de las existentes, así como de los equipamientos tecnológicos necesarios para dar respuesta a las nuevas modalidades de formación a distancia.

Al mismo tiempo, la Escuela de Policía de Cataluña tiene que actuar también, de acuerdo con los nuevos requerimientos y emprender las actuaciones adecuadas que se derivan de la normativa sobre seguridad informática, prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene, entre otros. Todas estas nuevas funciones comportan la necesidad de adaptar y establecer una estructura administrativa adecuada y suficiente que permita el correcto ejercicio de los objetivos y funciones encomendados a la Escuela de Policía de Cataluña.

Considerando lo indicado anteriormente, es necesario modificar la estructura orgánica de la Escuela con la finalidad de disponer de unos recursos humanos, materiales y económicos gestionados de acuerdo con los parámetros de racionalización de los recursos, optimización de los servicios, con criterios de eficiencia, eficacia, calidad y de cooperación y colaboración institucional, que permitan reforzar el diseño y la implementación de la formación de los cuerpos policiales de Cataluña.

De acuerdo con lo que se ha expuesto, considerando lo que establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad, a propuesta del consejero de Interior y previa la deliberación del Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Estructura

De la dirección de la Escuela de Policía de Cataluña dependen los órganos siguientes:

a) La Subdirección General de Administración y Servicios.

b) La Subdirección General de Formación.

Artículo 2

La Subdirección General de Administración y Servicios

2.1 A la Subdirección General de Administración y Servicios le corresponden las funciones siguientes:

a) Dirigir y supervisar las funciones de administración, la gestión de los servicios generales y de los recursos humanos de la Escuela de Policía de Cataluña.

b) Dirigir y coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Escuela de Policía de Cataluña.

c) Dirigir, coordinar y controlar las materias relativas a la gestión del personal y de régimen interior de la Escuela de Policía de Cataluña.

d) Dirigir y coordinar la gestión patrimonial y la tramitación de los expedientes de gasto y de contratación de la Escuela de Policía de Cataluña.

e) Dirigir, coordinar e impulsar las actuaciones y los programas dirigidos a la mejora y modernización de la administración que afecten a la Escuela de Policía de Cataluña o que hayan sido encomendados por la dirección.

f) Dirigir las actuaciones en materia de riesgos laborales y medicina preventiva del personal de la Escuela de Policía de Cataluña.

g) Coordinar y supervisar la asistencia jurídica a los órganos de la Escuela de Policía de Cataluña.

h) Dirigir, coordinar y supervisar el diseño, la implementación y el mantenimiento de los sistemas informáticos de la Escuela de Policía de Cataluña y las aplicaciones informáticas interdepartamentales y de las tecnologías de la información.

i) Diseñar, coordinar y aplicar, en su caso, las estrategias de comunicación e imagen de la Escuela de Policía de Cataluña, así como de las relaciones institucionales y la coordinación de las actividades de protocolo.

j) Dirigir, coordinar, programar e impulsar las funciones de las unidades dependientes, de acuerdo con las directrices de la dirección.

k) Ejercer cualquier otra función que le encomiende la dirección del centro formativo.

2.2 De la Subdirección General de Administración y Servicios dependen las unidades siguientes:

a) Servicio de Gestión Económica.

b) Servicio de Gestión Administrativa.

Artículo 3

Servicio de Gestión Económica

Al...

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