DECRETO 83/2019, de 24 de abril, de reestructuración del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia.

Fecha de Entrada en Vigor26 de Abril de 2019
SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 1/2018, de 19 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, modificado por el Decreto 26/2018, de 2 de junio, ha modificado el ámbito competencial de los diferentes departamentos de la Administración de la Generalidad, así como su denominación.

Mediante el Decreto 111/2018, de 19 de junio, de reestructuración del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, se hicieron los cambios organizativos imprescindibles para adecuar la estructura del anterior Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia al departamento actual. Esta primera fase de transformación de la estructura departamental mantenía la vigencia del Decreto 45/2016, de 19 de marzo, de estructuración del Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia, pero, ahora, es necesario actualizarlo; por eso se ha optado por redactar un texto nuevo sobre la estructura departamental y las funciones de las unidades que la componen, con el fin de garantizar una mayor seguridad jurídica.

Por todo esto, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno; la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta del consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Estructura del Departamento

1.1 El Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, bajo la dirección del consejero o consejera, se estructura en:

  1. La Secretaría General.

  2. La Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea.

  3. La Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto.

    1.2 Quedan adscritos al Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia las entidades y órganos siguientes:

  4. El Consejo Asesor para el Desarrollo Sostenible, mediante la Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea.

  5. La Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo, mediante la Dirección General de Cooperación al Desarrollo.

  6. La Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública, mediante la Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto.

    1.3 Se relacionan con el Gobierno de la Generalidad de Cataluña mediante el Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia los organismos siguientes:

  7. El Instituto Catalán Internacional por la Paz, mediante la Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea.

  8. El Instituto Europeo del Mediterráneo, mediante la Dirección General de Asuntos Europeos y Mediterráneos.

  9. El Patronato Cataluña Mundo-Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña, a través de la Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea.

Artículo 2

Gabinete del consejero o consejera

2.1 La unidad de asistencia y apoyo al consejero o consejera es el Gabinete del consejero o consejera.

2.2 El Gabinete tiene las funciones siguientes:

  1. Dar apoyo y asistencia a las actividades de la persona titular del Departamento.

  2. Coordinar las unidades que dependen de este.

  3. Cualquier otra función que le encomiende la persona titular del Departamento.

    2.3 Del Gabinete del consejero o consejera dependen las unidades siguientes:

  4. La Oficina de Relaciones Institucionales.

  5. La Oficina de la Secretaría.

  6. La Oficina de Comunicación.

  7. La Oficina de Protocolo.

    2.4 La Oficina de Relaciones Institucionales tiene las funciones siguientes:

  8. Hacer el seguimiento y preparar la información necesaria para dar respuesta a las iniciativas del Parlamento de Cataluña y de los informes solicitados por el Síndic de Greuges, sin perjuicio de las funciones que puedan corresponder a otros órganos del Departamento.

  9. Hacer el seguimiento de la actividad parlamentaria de las otras instituciones estatales y en todos los asuntos que interesen al Departamento, sin perjuicio de las funciones que puedan corresponder a otros órganos del Departamento.

  10. Elaborar los informes y asesorar, en materia de relaciones institucionales, a la persona titular del Departamento.

  11. Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

    2.5 La Oficina de la Secretaría tiene las funciones siguientes:

  12. Coordinar y realizar las tareas administrativas de apoyo a la persona titular del Departamento.

  13. Asistir a la persona titular del Departamento en la organización de su agenda de actividades.

  14. Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

    2.6 La Oficina de Comunicación tiene las funciones siguientes:

  15. Dar apoyo y asistencia a la persona titular del Departamento en el ejercicio de sus funciones en materia de medios de comunicación.

  16. Diseñar la política de comunicación del Departamento.

  17. Coordinar las relaciones de los diversos órganos del Departamento con los medios de comunicación.

  18. Hacer el análisis, la difusión interna y la repercusión del contenido informativo de los diferentes medios de comunicación.

  19. Transmitir notas de prensa y comunicados y preparar entrevistas, reportajes y ruedas de prensa.

  20. Elaborar los informes que le sean encargados sobre este ámbito de actuación.

  21. Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

    2.7 La Oficina de Protocolo tiene las funciones siguientes:

  22. Gestionar las relaciones con la unidad competente en materia de protocolo de la Presidencia.

  23. Coordinar las actividades de protocolo, de actos públicos organizados por el Departamento y de aquellos en los que participa.

  24. Asesorar y asistir, en materia de protocolo, a la persona titular del Departamento.

  25. Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

    2.8 Las personas titulares de las unidades previstas en este artículo son personal eventual de acuerdo con el Decreto 2/2005, de 11 de enero, sobre el régimen jurídico del personal eventual de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 3

Secretaría General

3.1 La persona titular de la Secretaría General ejerce las funciones que le atribuye la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, así como las otras que le asigne la normativa vigente.

3.2 A la Secretaría General también le corresponde el impulso y la coordinación de las relaciones institucionales y con el Parlamento.

3.3 De la Secretaría General dependen:

  1. La Dirección de Servicios.

  2. La Asesoría Jurídica, en los términos previstos por el Decreto 57/2002, de 19 de febrero.

  3. El Gabinete Técnico.

  4. La Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento.

Artículo 4

Dirección de Servicios

4.1 Corresponde a la Dirección de Servicios administrar, dirigir el régimen interior y gestionar los servicios generales del Departamento, así como ejercer las otras funciones que le delegue la persona titular de la Secretaría General del Departamento.

4.2 De la Dirección de Servicios dependen:

  1. La Subdirección General de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior.

  2. La Subdirección General de Gestión Económica, Contratación y Patrimonio.

  3. La Subdirección General de Apoyo a la Acción Exterior.

  4. El Servicio de Organización y Gestión Documental.

  5. El Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Artículo 5

Subdirección General de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior

5.1 A la Subdirección General de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior le corresponden las funciones siguientes:

  1. Coordinar la aplicación de las políticas públicas en materia de recursos humanos del Departamento.

  2. Diseñar e impulsar los programas de actuación en materia de personal para una optimización mejor de los recursos humanos.

  3. Impulsar y coordinar la formación del personal y la detección de necesidades formativas del personal del Departamento.

  4. Coordinar y supervisar la gestión de los recursos humanos.

  5. Dirigir y supervisar la preparación del anteproyecto del presupuesto de gastos del personal.

  6. Coordinar la interlocución con los agentes sociales y organizaciones sindicales dentro del ámbito departamental, así como analizar, planificar y evaluar el impacto de las medidas y actuaciones que resulten necesarias para la implantación de acuerdos y mejoras en el ámbito de las relaciones laborales.

  7. Impulsar la evaluación de los riesgos existentes en cuanto a seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras y la programación y ejecución de la acción preventiva correspondiente, así como promocionar actividades de formación, información, investigación y divulgación en materia de prevención de riesgos laborales.

  8. Dirigir, supervisar y controlar las actividades correspondientes al régimen interno y los servicios administrativos del Departamento.

  9. Supervisar los proyectos y ejecuciones de obras e instalaciones en los centros del Departamento, así como su mantenimiento.

  10. Asesorar en materia de recursos humanos, régimen interior y prevención de...

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