DECRETO 66/2015, de 5 de mayo, de modificación del Decreto 414/2011, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

El Decreto 414/2011, de 13 diciembre, aprobó el Reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones, mediante el que se desarrollaba la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones, incorporando en el ordenamiento jurídico las disposiciones de concreción y aclaración de los preceptos legales y el establecimiento de las reglas procedimentales en el ámbito de la gestión y la liquidación del impuesto.

En los últimos años, la Administración de la Generalidad de Cataluña ha adoptado en el ámbito tributario varias medidas con el objetivo de fomentar el uso de los medios electrónicos en su actividad ordinaria, facilitando así a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y simplificando al máximo los trámites que estos deben realizar.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece en su artículo 45 la obligación de promover la utilización de las técnicas y los medios electrónicos, informáticos y telemáticos necesarios para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, obligación que, con respecto a la Administración tributaria, está prevista en el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria. En el ámbito de la Generalidad de Cataluña, la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en su disposición final segunda , impone a las administraciones públicas catalanas la obligación de adaptar gradualmente todos los procedimientos y actuaciones de su competencia para la incorporación de medios electrónicos y el ejercicio de los derechos de los ciudadanos reconocidos en la ley.

Más concretamente, en materia tributaria, la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, en su artículo 32, encomienda al Departamento de Economía y Conocimiento la adopción de medidas con el fin de fomentar la presentación teleinformática de declaraciones, escrituras públicas y otros documentos, con el fin de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Recientemente, la Ley 29/2010, del 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, por la que se regula y desarrolla el modelo catalán de administración electrónica, impone a las administraciones públicas catalanas entre otras medidas, la obligación de impulsar el uso de los medios electrónicos en las relaciones con los ciudadanos, con el fin de mejorar la accesibilidad, la transparencia, la eficacia y la calidad de la prestación de los servicios a los ciudadanos.

Las modificaciones efectuadas en este Decreto tienen la finalidad de reducir de manera significativa la documentación que los contribuyentes deben aportar con la autoliquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones, a...

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