DECRETO 48/2019, de 5 de marzo, de las secciones del Archivo Nacional de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

De conformidad con el artículo 27 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y gestión de documentos, el Archivo Nacional de Cataluña tiene como función, entre otras, ingresar, conservar y difundir los fondos y los documentos privados que, por su valor testimonial y referencial, conciernan a Cataluña y sean de especial relevancia. Esta institución es el único centro archivístico de ámbito nacional del país.

Además de los archivos públicos y de los fondos privados ingresados en centros de archivo público, existen archivos privados. El patrimonio documental catalán reúne un gran número de archivos y fondos producidos al margen de las instituciones y de los organismos públicos. Algunos archivos privados conservan documentación histórica de alcance nacional de gran relevancia, que forma parte del patrimonio documental catalán y que es imprescindible para el conocimiento de la historia de nuestro país.

Las entidades y personas privadas que gestionan los archivos privados, por sus características, a menudo tienen dificultades para facilitar el acceso a la información de que disponen y para efectuar la gestión documental. Esto hace que incluso algunos grandes archivos sean desconocidos por la ciudadanía y por la Administración de la Generalidad, que es la encargada de velar por la conservación y salvaguarda del patrimonio catalán.

El Departamento de Cultura, a través del Archivo Nacional de Cataluña, tiene la voluntad de fomentar la normalización de las tareas de descripción, conservación, digitalización y difusión de los fondos documentales reunidos en archivos catalanes privados de especial relevancia y de garantizar que su documentación sea accesible, de acuerdo con los principios de transparencia e interés público. Con este fin, este Decreto regula la posibilidad de que los archivos mencionados puedan constituirse como secciones dependientes del Archivo Nacional de Cataluña mediante la firma del correspondiente convenio.

Dado que, de conformidad con el artículo 127.1.c) del Estatuto de autonomía de Cataluña, corresponde a la Generalidad la competencia exclusiva en materia de archivos que no son de titularidad estatal;

Visto el informe favorable del Consejo Nacional de Archivos y Gestión Documental;

A propuesta de la consejera de Cultura y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Secciones del Archivo Nacional de Cataluña

  1. Pueden constituirse como...

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