DECRETO 333/2016, de 20 de diciembre, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Malla y de Vic.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda
Rango de LeyDecreto

El 25 de marzo de 2010 el Pleno del Ayuntamiento de Malla acordó iniciar un expediente de alteración de los términos municipales de Malla y de Vic con el fin de ubicar la totalidad de las edificaciones de la finca llamada el Verdaguer en el término municipal de Vic para evitar la partición de estas edificaciones entre ambos términos municipales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, en relación con el artículo 13.1.c), del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.

El expediente fue sometido a información pública, sin que se presentaran alegaciones en este trámite, y a informe de los entes locales que no la habían promovido. El Ayuntamiento de Vic, por acuerdo del Pleno de 9 de septiembre de 2013, informó favorablemente sobre la alteración de los términos propuesta. En este mismo sentido, el 18 de septiembre y el 22 de octubre de 2013, el Consejo Comarcal de Osona y la Diputación de Barcelona, respectivamente, acordaron informar favorablemente sobre el expediente.

El Pleno del Ayuntamiento de Malla, en la sesión de 28 de julio de 2015, acordó, por mayoría absoluta del número legal de sus miembros, aprobar la procedencia de la alteración de los términos municipales propuesta.

La Dirección General de Administración Local, en fecha 17 de diciembre de 2015, emitió un informe favorable sobre la tramitación del procedimiento y la procedencia de la alteración, de acuerdo con los criterios fijados en el Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.

La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 5 de mayo de 2016, emitió un informe favorable sobre el expediente.

El 12 de mayo de 2016, se puso en conocimiento de la Administración del Estado la tramitación del expediente.

La Comisión Jurídica Asesora, reunida el 22 de septiembre de 2016, aprobó el Dictamen sobre la alteración de los términos municipales de Malla y de Vic donde informa favorablemente sobre el expediente.

Por todo ello, teniendo en cuenta que hay consideraciones de orden geográfico, demográfico, económico o administrativo que hacen necesario o aconsejable la alteración de términos y que ambos ayuntamientos han adoptado acuerdos favorables al respecto;

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