DECRETO 195/2018, de 4 de septiembre, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Olèrdola y de Olivella.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El 19 de diciembre de 2014, el Pleno del Ayuntamiento de Olèrdola acordó, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, iniciar un expediente de alteración de los términos municipales de Olèrdola y de Olivella con la finalidad de modificar un tramo de la línea de término, entre los mojones quinto y séptimo, a su paso por la urbanización de Les Colines d'Olivella, con el fin de adaptar la línea de término a la realidad urbanística y territorial del momento, de acuerdo con lo que establece el artículo 14, en relación con el artículo 13.1.c) del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.

El expediente fue sometido a información pública, sin que se presentaran alegaciones dentro de este trámite, y a informe de los entes locales que no lo habían promovido. El Ayuntamiento de Olivella, mediante un informe del arquitecto municipal de 23 de abril de 2015, informó favorablemente la propuesta de alteración de los términos. Con respecto a los consejos comarcales de L'Alt Penedès y de El Garraf y a la Diputación de Barcelona, no consta en el expediente ninguna respuesta a la solicitud de informe sobre el expediente que se les formuló.

El Ayuntamiento de Olèrdola, mediante el acuerdo de su Pleno de 2 de noviembre de 2015, aprobó la procedencia de la alteración, con el quórum legalmente establecido.

En fecha 7 de marzo de 2017, el Ayuntamiento de Olèrdola, en su condición de ente instructor del expediente, envió una copia del mismo al Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda. Examinada la documentación que integraba el expediente, la Dirección General de Administración Local se dirigió al Ayuntamiento de Olèrdola a fin de que completara el expediente administrativo. Esta corporación dio respuesta al último requerimiento de documentación el 2 de agosto de 2017.

El 30 de noviembre de 2017, la Dirección General de Administración Local emitió informe en el que se declaraba la procedencia de la alteración, de acuerdo con los criterios fijados en el Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.

La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 13 de diciembre de 2017, emitió informe favorable sobre el...

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