DECRETO 164/2014, de 16 de diciembre, por el que se crea el Centro de Formación Profesional de Automoción.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

La estrategia industrial del Gobierno de la Generalidad de Cataluña promueve la reindustrialización de Cataluña como base del cambio de modelo económico para la recuperación económica y la creación de empleo de calidad. En este proceso el impulso a la formación profesional es un elemento clave para poder cualificar a las personas en las competencias que requieren los nuevos perfiles profesionales.

Se considera que la automoción es un sector de impulso de la economía catalana y que la formación de los profesionales en este ámbito debe ser una herramienta básica para el desarrollo de la competitividad del sector.

La Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de empleo y de creación del Servicio de Empleo de Cataluña (SOC) (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002), otorga al SOC la posibilidad de crear centros propios para llevar a cabo los programas y las acciones de formación profesional para el empleo.

El Decreto 182/2010, de 23 de noviembre, de ordenación de la formación profesional para el empleo en Cataluña (DOGC núm. 5764, de 26.11.2010), considera a los centros propios entidades a través de las cuales se canalizan las iniciativas de formación profesional para el empleo.

La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional (BOE núm. 147, de 20.6.2002), en su artículo 11, establece que corresponde a las administraciones, en sus respectivos ámbitos competenciales, la creación, autorización, homologación y gestión de los centros de formación profesional, así como establecer los mecanismos adecuados para que la formación que reciba financiación pública la puedan ofrecer centros, o directamente las empresas, mediante conciertos, convenios, subvenciones u otros procedimientos. El mismo artículo 11.7 establece que la innovación y la experimentación en materia de formación profesional se desarrolla a través de una red de centros de referencia nacional, con implantación en todas las comunidades autónomas, especializados en los diferentes sectores productivos. A estos efectos, los centros pueden incluir acciones formativas dirigidas a estudiantes, personas trabajadoras con empleo y paradas, así como a personas empresarias y formadores/as. La programación y ejecución de las correspondientes actuaciones de carácter innovador, experimental y formativo se lleva a cabo mediante convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las comunidades autónomas.

Como instrumento estratégico para un modelo catalán de formación profesional, el III Plan general de formación profesional de Cataluña hace de los centros de formación profesional uno de sus ejes estratégicos, y establece la necesidad de contar con una red de centros que ofrezcan servicios de formación y cualificación integrada, tanto a las empresas como a las...

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