DECRETO 110/2017, de 18 de julio, por el que se modifica el Decreto 40/2017, de 2 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El artículo 150 del Estatuto de autonomía de Cataluña otorga a la Generalitat, en materia de organización de su Administración, la competencia exclusiva sobre la estructura, la regulación de los órganos y directivos públicos, el funcionamiento y la articulación territorial, y sobre las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.

Mediante el Decreto 40/2017, de 2 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, se estableció la estructura básica del Departamento.

Por el Decreto 108/2017, de 17 de julio, por el que se modifica el Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en su artículo 1 se ha atribuido al Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, la competencia en materia de procesos electorales.

A los efectos de integrar estas competencias asignadas al Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda en la estructura actual del Departamento resulta necesario dotar de una nueva estructura a la Secretaría General, y se hace mediante un área funcional, en los mismos términos como hasta ahora estaba configurada dentro de la estructura del Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda porel Decreto 262/2016, de 7 de junio, de reestructuración de aquel Departamento.

Finalmente, se prevé la entrada en vigor al día siguiente de su publicación, con la finalidad de favorecer la inmediata implementación que, con esta reestructuración, se quiere conseguir.

Por lo tanto, esta disposición resulta del todo necesaria tal como se expone en los párrafos anteriores por cuánto debe desplegarse normativamente mediante la aprobación de un decreto esta nueva competencia otorgada al Departamento. En este sentido, es eficaz y proporcionada a su objetivo, así como proporciona seguridad jurídica a sus destinatarios y cumple con los principios de transparencia y eficiencia, respondiendo su contenido a los principios de buena regulación.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno; la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones...

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