ORDEN PTO/310/2003, de 30 de junio, por la que se declaran determinadas áreas de rehabilitación para integrar programas específicos de rehabilitación.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PTO/310/2003, de 30 de junio, por la que se declaran determinadas áreas de rehabilitación para integrar programas específicos de rehabilitación.

Las actuaciones en áreas de rehabilitación y la rehabilitación de las viviendas constituyen actuaciones protegibles en el marco del Decreto 157/2002, de 11 de junio, por el que se establece el régimen de las viviendas con protección oficial, se determinan las ayudas públicas en materia de vivienda a cargo de la Generalidad de Cataluña, y se regula la gestión de las ayudas previstas en el Real decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo.

El Decreto 157/2002, de 11 de junio, establece que tendrán la consideración de áreas de rehabilitación las declaradas mediante una Orden del consejero de Política Territorial y Obres Públicas para integrar un programa específico de rehabilitación.

Los programas específicos de rehabilitación son el instrumento por el que el Departamento de Política Territorial y Obres Públicas puede establecer medidas específicas en determinadas áreas donde las condiciones físicas de las viviendas y, si procede, las personales de los usuarios, lo hagan aconsejable.

En aplicación de este instrumento, esta Orden delimita y declara tres áreas de rehabilitación objeto de sendos programas específicos de rehabilitación, y define las condiciones y cuantía de las ayudas que las conforman.

Con esta finalidad, a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda,

Ordeno:

Artículo único

Se declaran áreas de rehabilitación para integrar programas específicos de rehabilitación, a efectos de lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 157/2002, de 11 de junio, las siguientes:

  1. Áreas de Can Deu y Pla de Can Puiggener de Sabadell:

    1.1 Delimitación de las áreas de Can Deu y de Pla de Can Puiggener de Sabadell:

    Área de Can Deu: el área interior definida por la línea poligonal, cuyos lados corresponden a los siguientes nombres de la vía pública: calle Les Palmeres, calle Els Pins, calle El Bosc y calle La Prada.

    Área de Pla de Cap Puiggener: el área interior definida por la línea poligonal, cuyos costados corresponden a los siguientes nombres de la vía pública: calle Ramon Jové (impares), Ronda de Maria Gispert, ptge. de Les Escoles, c. Amílcar Barca (hasta Archidona), c. Archidona, calle Escipió (hasta Ramon Jové).

    1.2 Obras protegibles:

    Las obras que se podrán...

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