ORDEN AAR/583/2006, de 13 de diciembre, por la quese modifica el procedimiento de gestión de las ayudas del Departamento deAgricultura, Alimentación y Acción Rural asignadas a los grupos de acción localparticipantes en la iniciativa comunitaria Leader Plus en Cataluña, que regulala Orden ARP/136/2006, de 23 de marzo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/583/2006, de 13 de diciembre, por la que se modifica el procedimiento de gestión de las ayudas del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural asignadas a los grupos de acción local participantes en la iniciativa comunitaria Leader Plus en Cataluña, que regula la Orden ARP/136/2006, de 23 de marzo.

Mediante la Orden ARP/136/2006, de 23 de marzo, se reguló el procedimiento de gestión de las ayudas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca asignadas a los grupos de acción local participantes en la iniciativa comunitaria Leader Plus en Cataluña, y se fijó la dotación presupuestaria correspondiente al año 2006 (DOGC núm. 4604, de 30.3.2006).

A raíz de la publicación del Reglamento CE 1320/2006, de la Comisión, de 5 de septiembre, por el que se establecen normas para la transición a la ayuda al desarrollo rural establecido en el Reglamento CE 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre (DOUE núm. 243, de 6.9.2006), surge la necesidad de adaptar nuestra normativa a esta disposición.

Por otra parte, esta modificación también está motivada por la necesidad de comprometer la totalidad del gasto público de los cuadros financieros de los grupos de acción local y mejorar la gestión de las solicitudes de cofinanciación.

En consecuencia, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se añade un nuevo apartado e) al artículo 5.1 de la Orden ARP/136/2006, de 23 de marzo, con el texto siguiente:

"e) Las certificaciones y los pagos que los grupos de acción local hagan a los beneficiarios finales de los proyectos subvencionados deberán efectuarse por la totalidad del expediente. Únicamente se admitirán pagos parciales en proyectos de cooperación y en gastos de gestión y funcionamiento.

"Excepcionalmente, en aquellos casos en que se pudieran derivar correcciones financieras en la ejecución de la iniciativa comunitaria Leader Plus en Cataluña, el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, como parte del organismo intermediario y previa petición razonada del grupo de acción local, podrá autorizar la tramitación de certificaciones o pagos parciales".

Artículo 2

Se modifica el último párrafo del artículo 5.2 de la Orden ARP/136/2006, de 23 de marzo, que queda redactado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR