RESOLUCIÓN SSS/3393/2003, de 15 de octubre, por la que se hace pública la convocatoria para cubrir plazas vacantes de la categoría profesional del grupo auxiliar administrativo de la función administrativa (núm. de registro de la convocatoria Auxiliar-2003).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

SSS/3393/2003, de 15 de octubre, por la que se hace pública la convocatoria para cubrir plazas vacantes de la categoría profesional del grupo auxiliar administrativo de la función administrativa (núm. de registro de la convocatoria Auxiliar-2003).

De conformidad con lo que prevé la Ley 30/1999, de 5 de octubre, de selección y provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de Salud;

Dado el Acuerdo de 23 de septiembre de 2003, de la Comisión de Gobierno para Asuntos Institucionales y Sociales de la Generalidad de Cataluña, por el que se aprueba la oferta de ocupación pública parcial para el año 2003 de 1.996 plazas de personal estatutario no sanitario del grupo auxiliar administrativo de la función administrativa y de celador dependientes del Instituto Catalán de la Salud, publicado mediante la resolución GRI/2970/2003, de 25 de septiembre (DOGC núm. 3984, de 9.10.2003);

En virtud de las competencias asignadas por el artículo 3 del Decreto 276/2001, de 23 de octubre, del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, de reestructuración del Instituto Catalán de la Salud, y oídas las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad,

Resuelvo:

Artículo 1

Hacer pública la convocatoria para cubrir 1.391 plazas vacantes de la categoría profesional del grupo auxiliar administrativo de la función administrativa, dependientes del Instituto Catalán de la Salud, por el sistema de concurso oposición y aprobar las bases que regirán la convocatoria y que figuran en el anexo 1 de esta resolución.

Artículo 2

De conformidad con lo que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto 262/2000, de 31 de julio, de reestructuración del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, contra esta Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero de Sanidad y Seguridad Social en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su publicación.

Igualmente, las personas interesadas podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 15 de octubre de 2003

Josep Ganduxé i Soler

Director gerente

Anexo 1

Bases

.1 Plazas objeto de convocatoria

Las plazas objeto de esta convocatoria son las que figuran en el anexo 2 de esta disposición.

Las plazas asignadas al turno de promoción interna que no se lleguen a cubrir se acumularán al turno libre.

Dentro del turno de promoción interna se reserva el 5% de las plazas para aquellas personas aspirantes que tengan la condición legal de disminuido, de acuerdo con lo que prevé la Ley 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas.

Dentro del turno libre se reserva el 5% de las plazas objeto de cobertura inicialmente establecidas para este turno para aquellas personas aspirantes que tengan la condición legal de disminuido, de acuerdo con lo previsto en la Ley 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas.

Estas plazas vacantes se encuentran dotadas presupuestariamente de acuerdo con la normativa vigente para el personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud.

.2 Fase y turnos de la convocatoria

La convocatoria se estructura en la fase de concurso oposición. Esta fase consta del turno de promoción interna y del turno libre.

.3 Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en esta convocatoria se ajustará al modelo que se facilitará gratuitamente en las dependencias del Centro Corporativo del Instituto Catalán de la Salud, de sus gerencias de ámbito de atención primaria y de sus instituciones hospitalarias. También se podrá obtener el modelo de solicitud a través de la web del ICS (ver anexo 6).

3.2 Las personas aspirantes consignarán en el apartado de la solicitud "Núm. de registro de la convocatoria", epígrafe "Datos de la convocatoria", el número de registro de esta convocatoria, que es Auxiliar-2003.

3.3 Las personas aspirantes consignarán en el apartado "Sistemas de acceso" si participan por el turno de promoción interna o por el turno libre.

En ningún caso una persona podrá optar por los dos turnos de la fase de concurso oposición.

3.4 Las personas con discapacidad podrán señalar en el apartado "Espacio reservado a los aspirantes disminuidos" el tipo de disminución declarada, en el apartado "Adecuaciones solicitadas" podrán indicar la adaptación o la adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las pruebas y los ejercicios previstos en la convocatoria y el motivo o motivos de éstas. En la aceptación de dichas adaptaciones o adecuaciones deberá atenerse a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 66/1999, de 9 de marzo, del Departamento de Presidencia de la Generalidad. Así mismo, las personas aspirantes deberán hacer constar si optan o no a las plazas por la vía de reserva.

3.5 Las personas aspirantes consignarán en el apartado "Formación" el titulo académico oficial que se alega para participar a la convocatoria, de acuerdo con lo que señala la base 4.1.c).

3.6 Las personas aspirantes consignarán en el apartado "Lugar de realización de los ejercicios" la localidad donde el aspirante desea hacer los ejercicios (Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona, Tortosa) en previsión que el tribunal, de conformidad con lo que establece la base 10.2, acuerde su descentralización. Si no lo indica, se entenderá que opta por la ciudad de Barcelona.

3.7 Presentación de solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección Gerencia del Instituto Catalán de la Salud y se podrán presentar en los registros del Centro Corporativo del Instituto Catalán de la Salud, de sus gerencias de ámbito de atención primaria, o de sus instituciones hospitalarias o enviarlas por cualquiera de los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el Decreto 266/2001, de 9 de octubre, por el que se establecen la creación, la organización y las funciones de las oficinas de atención ciudadana.

Las solicitudes que se presenten mediante las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para poder ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de su certificación.

3.8 Plazo de presentación de solicitudes.

Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC para presentar la solicitud.

3.9 Tasa de inscripción.

De acuerdo con lo que prevé la normativa vigente en materia de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, para tomar parte en la convocatoria los aspirantes han de abonar 19,35 euros, a los efectos de cumplir el requisito que prevé la base 4.1.f).

El pago debe efectuarse en cualquiera de las oficinas de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, "la Caixa", mediante ingreso en caja, o bien por giro postal o telegráfico, o mediante una transferencia a la cuenta corriente núm. 2100-3000-13-2500056192, de la agencia núm. 3000, c. Jaume I, 2, Barcelona. Cuando el pago se efectúe por giro postal o telegráfico o mediante una transferencia es necesario que, como nombre del remitente, conste el del propio aspirante, el cual deberá adjuntar a la solicitud el resguardo de la imposición. Cuando el pago se realice mediante un ingreso en caja, al apartado correspondiente de la solicitud debe figurar el sello de la entidad bancaria y también el importe de la tasa, que acredite el abono de la tasa correspondiente. Su falta determina la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago en la entidad bancaria sustituirá el trámite de presentación de la solicitud ante la Administración, dentro del plazo y en la forma prevista en las bases 3.7 y 3.8 de esta convocatoria.

Exención de la tasa de inscripción: de conformidad con el artículo 34 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, con la justificación documental previa de su situación, están exentas del pago de esta tasa las personas que se encuentren en situación de desempleo y no perciban ninguna prestación económica y los jubilados.

3.10 Exención de la prueba de conocimientos de lengua catalana que prevé la base 6.2.

A los efectos de esta exención, y de acuerdo con lo que establece el artículo 5 del Decreto 161/2002, de 11 de junio, los aspirantes deberán presentar dentro el plazo de presentación de solicitudes y juntamente con ésta, uno de los documentos siguientes:

Fotocopia de la documentación acreditativa de estar en posesión del certificado de conocimientos medios de lengua catalana (certificado C) o superior de la Dirección General de Política Lingüística del Departamento de Cultura, o equivalente.

Escrito en el cual la persona aspirante identifique en qué convocatoria ha participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección de personal para acceder a esta Administración, en que haya establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior, o que hayan superado la prueba mencionada en otros procesos de la misma oferta pública de ocupación. El Instituto Catalán de la Salud podrá pedir, si procede, el documento justificativo que acredite la situación que establece este párrafo.

3.11 Las personas que tengan reconocida la condición legal de disminuido y que quieran acceder a las plazas por la vía de reserva, de acuerdo en lo que se detalla en el anexo 2.1 de esta convocatoria, deberán presentar al tribunal de selección de esta convocatoria un dictamen actualizado vinculante de sus condiciones psíquicas o físicas o sensoriales, expedido por el equipo miltiprofesional competente. El referido dictamen se podrá presentar desde el día siguiente a la fecha de publicación el DOGC del presente...

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