RESOLUCIÓN JUS/3406/2005, de 25 de noviembre, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de los puestos de trabajo de jefe de Sección de Valoración del Daño Corporal, jefe de Sección de Psiquiatría, jefe de Sección de Anatomía Forense y jefe de Sección de Histopatología del Instituto de Medicina Legal de ...

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/3406/2005, de 25 de noviembre, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de los puestos de trabajo de jefe de Sección de Valoración del Daño Corporal, jefe de Sección de Psiquiatría, jefe de Sección de Anatomía Forense y jefe de Sección de Histopatología del Instituto de Medicina Legal de Cataluña (convocatoria de provisión núm. JUSAJ/001/05).

De acuerdo con lo que prevén los artículos 524 y 526 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, modificada por la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre; el Real decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico del cuerpo de médicos forenses, modificado por el Real decreto 1619/1997, de 24 de octubre, y el Real decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los institutos de medicina legal;

Considerando que mediante el Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, se ha creado el Instituto de Medicina Legal de Cataluña, y se ha aprobado su Reglamento (DOGC núm. 3522, de 27.11.2001);

Considerando el Acuerdo de la Comisión Técnica de la Función Pública de 6 de marzo de 2002;

Considerando la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Instituto de Medicina Legal de Cataluña;

Considerando que la disposición transitoria segunda del Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, que regula el régimen de adjudicación de los puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Cataluña a los funcionarios del cuerpo de médicos forenses, prevé la convocatoria de los puestos de trabajo del Instituto dotados presupuestariamente que se deban proveer mediante el sistema de concurso específico;

Considerando que están vacantes los puestos de jefe de Sección de Valoración del Daño Corporal, Sección de Psiquiatría, Sección de Anatomía Forense y Sección de Histopatología del Instituto de Medicina Legal de Cataluña;

Vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

De conformidad al artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de los puestos de trabajo de jefe de Sección de Valoración del Daño Corporal, jefe de Sección de Psiquiatría, jefe de Sección de Anatomía Forense y jefe de Sección de Histopatología del Instituto de Medicina Legal de Cataluña, que se detallan en el anexo 3, y aprobar las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo y de acuerdo con lo que establecen los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente de Barcelona, de conformidad con lo que disponen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente de aquél en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Los plazos de interposición de los recursos se contarán desde el día siguiente al de la publicación simultánea de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Boletín Oficial del Estado. En el caso de que la publicación en ambos diarios oficiales no fuera simultánea, los plazos se contarán a partir del día siguiente al de la publicación en el último diario oficial (DOGC o BOE).

Barcelona, 25 de noviembre de 2005

Josep M. Vallès

Consejero de Justicia

Anexo 1

Bases de la convocatoria

.1 Objeto de la convocatoria

Esta convocatoria tiene por objeto abastecer por concurso específico de méritos y capacidades los puestos de trabajo vacantes de jefe de Sección de Valoración del Daño Corporal, jefe de Sección de Psiquiatría, jefe de Sección de Anatomía Forense y jefe de Sección de Histopatología incluidos en la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Cataluña.

En todo cuanto no esté previsto en esta convocatoria, se aplicará lo que se establece en la legislación general sobre función pública.

.2 Requisitos y condiciones de participación

2.1 Pueden participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera del cuerpo de médicos forenses regulado en el Real decreto 296/1996, de 23 de febrero, destinados en Cataluña que cumplan los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.

2.2 Pueden participar los médicos forenses que, además de reunir los requisitos señalados en el párrafo anterior, se encuentren en la situación administrativa de servicio activo o en cualquier otra que comporte la reserva de puesto de trabajo.

2.3 De acuerdo con lo que prevé el Reglamento orgánico del cuerpo de médicos forenses aprobado por el Real decreto 296/1996, de 23 de febrero, regirá en este concurso la excepción a la limitación para concursar prevista en el artículo 25.a) del Reglamento mencionado.

2.4 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones con el resto de participantes, siempre y cuando puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

.3 Puestos que se pueden solicitar

3.1 Los participantes pueden solicitar los puestos de trabajo relacionados en el anexo 3 siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la base segunda para poder participar en este concurso en la fecha en que finalice el plazo de presentación de...

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