RESOLUCIÓN TRE/2434/2010, de 10 de junio, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de modificación del artículo 21 del Convenio colectivo de Copisa Proyectos y Mantenimientos Industriales, SAU, y las tablas salariales para el año 2010 (código de convenio núm. 7900102).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

TRE/2434/2010, de 10 de junio, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de modificación del artículo 21 del Convenio colectivo de Copisa Proyectos y Mantenimientos Industriales, SAU, y las tablas salariales para el año 2010 (código de convenio núm. 7900102).

Visto el Acuerdo de modificación del artículo 21 del Convenio colectivo de Copisa Proyectos y Mantenimientos Industriales, SAU, y las tablas salariales para el año 2010, suscritos por la Comisión negociadora en fecha 28 de abril de 2010, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 170.1.e) y j) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación,

Resuelvo:

—1 Disponer la inscripción del Acuerdo de modificación del artículo 21 del Convenio colectivo de Copisa Proyectos y Mantenimientos Industriales, SAU, y las tablas salariales para el año 2010 (código de convenio núm. 7900102) en el Registro de convenios de la Dirección General de Relaciones Laborales.

—2 Disponer que los citados textos se publiquen en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

Notifíquese esta Resolución a la Comisión negociadora del Convenio.

Barcelona, 10 de junio de 2010

Salvador Álvarez Vega

Director general de Relaciones Laborales

Transcripción literal del texto firmado por las partes

ACTA

de reunión de la Comisión negociadora del Convenio, convocada para la revisión de las tablas salariales del Convenio colectivo de la empresa Copisa Proyectos y Mantenimientos Industriales, SAU, para el año 2010

Representación económica

Miguel Blanch Vidal, Dtor. Recursos Humanos

Fernando Colas Torán, Jefe Relaciones Laborales

Carolina Rivas Izquierdo, Relaciones Laborales

Representación social

José Bravo Fernández, CCOO Tarragona

Francisco Cabellos Berjillo, CCOO SEAT Martorell

Alfonso Madero Ruz, CCOO SEAT Martorell

Joaquín Fernández Moreno, CCOO Vandellós

Jesús Baelo Quiroga, UGT Ascó

Ernesto Robles Pando, CGT REPSOL Tarragona

José González García, UGT SOLVAY Martorell

Francisco Jav. Guardo Gómez, UGT SOLVAY Martorell

Héctor Martínez Molto, UGT Tibidabo

Ricardo Álvarez Cañamares, CCOO Enagas

Gabriel González Aunión, CCOO Tarragona

Asesores y delegados sindicales

José A. Baelo Quiroga, UGT Tarragona DS

En Barcelona a 28 de Abril del 2010, se reúnen las partes relacionadas al margen, a efectos de constitución de la Comisión negociadora del Convenio colectivo de la empresa COPISA Proyectos y Mantenimientos Industriales, SAU.

Abre la reunión la representación de la empresa, explicando los motivos de la misma, instando a que las partes designen los miembros que van a constituir las respectivas representaciones.

La representación social confirma como miembros de la Comisión a los presentes.

La representación de la empresa confirma asimismo la participación de los presentes.

Ambas partes se reconocen recíprocamente, capacidad legal suficiente, para llevar a cabo la presente negociación.

Después de un amplio debate, sobre el IPC previsto por el Gobierno y el real del año 2009, y su aplicación en el artículo 21 del Convenio, ambas partes, acuerdan modificar del artículo 21 apartado 2) del Convenio, los párrafos relativos a la actualización de las tablas salariales de los años 2010, 2011 y 2012, cuyo texto pactado en su día, expresaba:

"Año 2010: IPC previsto para el año 2010 más el 0,85 % más (diferencia entre IPC real y previsto del año 2009).

Año 2011: IPC previsto para el año 2011 más el 0,85 % más (diferencia entre IPC real y previsto del año 2010).

Año 2012: IPC previsto para el año 2012 más el 0,85 % más (diferencia entre IPC real y previsto del año 2011)."

Dichos párrafos trascritos, quedan anulados y son modificados, quedando redactados, según el siguiente tenor literal:

"Actualización de tablas de Convenio:

Año 2010: Incremento 0%

Año 2011: IPC Real Nacional del año 2010 más 0,85%

Año 2012: IPC Real Nacional del año 2011 más 0,85%"

Leída y encontrada conforme la presente acta, la firman todos los miembros presentes de la Comisión negociadora del Convenio, en el lugar y fecha al principio indicados.

Anexo 1

Tabla grupo diarios

columna 1 2 3 4 5 6
valor hora valor valor total paga extra
salario hora plus. hora verano total
categorías nivel conveni p. tóxico y p ordinaria vacaciones /diciembre año
Capataz I 9,19 1,42 10,61 1.785 1.887 25.194
Capataz II 7,69 1,42 9,11 1.531 1.633 21.640
Capataz III 6,17 1,42 7,59 1.277 1.379 18.085
Jefe de equipo I 9,03 1,42 10,45 1.757 1.860 24.808
Jefe de equipo II 7,58 1,42 9,00 1.513 1.615 21.388
Jefe de equipo III 6,12 1,42 7,54 1.269 1.371 17.967
Oficial de 1ª "A" I 8,67 1,22 9,89 1.664 1.767 23.504
Oficial de 1ª "A" II 7,25 1,22 8,47 1.425 1.528 20.158
Oficial de 1ª "A" III 5,97 1,22 7,19 1.208 1.310 17.120
Oficial de 1ª "B" I 8,48 1,22 9,70 1.630 1.733 23.030
Oficial de 1ª "B" II 7,16 1,22 8,38 1.408 1.511 19.921
Oficial de 1ª "B" III 5,94 1,22 7,16 1.205 1.307 17.073
Oficial de 1ª I 7,94 1,22 9,16 1.540 1.642 21.764
Oficial de 1ª II 6,89 1,22 8,11 1.363 1.465 19.289
Oficial de 1ª III 5,93 1,22 7,15 1.203 1.305 17.043
Oficial 1ª chofer-cam I 7,95 1,22 9,17 1.542 1.644 21.791
Oficial 1ª chofer-cam II 6,91 1,22 8,13 1.367 1.469 19.340
Oficial 1ª chofer-cam III 5,87 1,22 7,09 1.192 1.294 16.889
Chofer turismo I 7,01 1,21 8,22 1.382 1.484 19.554
Chofer turismo II 6,43 1,21 7,64 1.284 1.387 18.187
Chofer turismo III 5,85 1,21 7,06 1.187 1.289 16.819
Oficial de 2ª I 7,12 1,21 8,32 1.4
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