RESOLUCIÓN MAH/2768/2010, de 5 de agosto, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de conexión de las redes existentes en el término municipal de Hostalric, en el término municipal de Hostalric.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

MAH/2768/2010, de 5 de agosto, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de conexión de las redes existentes en el término municipal de Hostalric, en el término municipal de Hostalric.

Visto que la Ponencia Ambiental, en la sesión del día 5 de septiembre de 2006, adoptó el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de conexión de las redes existentes en el término municipal de Hostalric, en el término municipal de Hostalric,

Resuelvo:

Dar publicidad al mencionado Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de conexión de las redes existentes en el término municipal de Hostalric, en el término municipal de Hostalric.

Barcelona, 5 de agosto de 2010

Maria Comellas i Doñate

Directora general de Calidad Ambiental

ACUERDO

de 5 de septiembre de 2006, de declaración de impacto ambiental del Proyecto de conexión de las redes existentes en el término municipal de Hostalric, en el término municipal de Hostalric.

Antecedentes

El 27 de junio de 2005 tuvo entrada en los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Girona, procedente de la Agencia Catalana del Agua, una solicitud de informe relativa al proyecto para la canalización con conducción de gas natural que cruza la riera de Arbúcies en el término municipal de Hostalric.

Mediante un escrito con fecha de 4 de julio de 2005 se comunicó a la Agencia Catalana del Agua que el proyecto afectaba al espacio del PEIN Riera d'Arbúcies, que forma parte, a la vez, del espacio Massís del Montseny propuesto para la red Natura 2000. En consecuencia, puesto que el proyecto se incluye dentro del grupo 9k del anexo II del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, el promotor debía aportar la documentación acreditativa de las características, la ubicación y el impacto potencial del proyecto a fin y efecto de que se pudiera resolver sobre la necesidad de someterlo al trámite de evaluación de impacto ambiental.

El 8 de julio de 2005, los Servicios Territoriales en Girona recibieron un estudio de impacto ambiental sobre el proyecto, que fue enviado el mismo día a la Dirección General del Medio Natural para que se pronunciara sobre la necesidad de aplicar el trámite de evaluación de impacto ambiental.

El 16 de septiembre de 2005, tuvo entrada el informe emitido por la Dirección General del Medio Natural, que concluía que el proyecto de conexión de las redes de gas existentes en el municipio de Hostalric, promovido por la compañía Gas Natural, SDG, debía someterse al trámite de evaluación de...

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