ORDEN PTO/353/2008, de 15 de julio, de convocatoria para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora y la renovación de las instalaciones de producción de nieve y de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña, y de aprobación de las bases.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

PTO/353/2008, de 15 de julio, de convocatoria para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora y la renovación de las instalaciones de producción de nieve y de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña, y de aprobación de las bases.

El Gobierno de Cataluña, por el Acuerdo de 23 de mayo de 2006, aprobó el Plan director de las estaciones de montaña 2006-2011.

Los objetivos de este Plan son impulsar las actividades turísticas de nieve y montaña, aportar un marco regulador claro y estable, ordenar las ayudas públicas y mejorar la competitividad del sector.

Para alcanzar estos objetivos el Plan ha previsto diferentes estrategias que tienen que servir como guía, tanto en las actuaciones del sector público como del privado. Todas ellas tienen como fin último crear un modelo equilibrado de utilización racional y permanente de la montaña, y conciliar la preservación de sus valores naturales con la realización de actividades de ocio y deportivas, de forma que la riqueza y el aumento de la ocupación que se puedan generar repercutan en beneficio de las comarcas de montaña y de sus poblaciones sin poner en peligro los valores naturales del territorio.

Entre los diferentes programas que desarrollan las líneas estratégicas del Plan director se encuentra el Programa de infraestructuras básicas de las estaciones de esquí, destinado a garantizar la existencia de dos de los elementos básicos: la nieve y las instalaciones de transporte de las estaciones de montaña.

La primera línea de actuación de este programa de infraestructuras tiene por objeto garantizar la existencia de nieve, elemento esencial de funcionamiento de las estaciones. Con esta finalidad se considera de interés promover la mejora y la renovación de las instalaciones de producción de nieve, a fin de que, por una parte, se pueda reducir la incertidumbre con respecto a la disponibilidad del manto innivado y, de otra, contribuir al mismo tiempo a mejoras medioambientales importantes al perseguir con estas actuaciones de renovación de las instalaciones una mejora de la eficiencia energética y del resto de condiciones de sostenibilidad.

Con respecto a la segunda línea de actuación del Programa de infraestructuras de nieve, el mismo Plan director considera necesario incentivar la renovación y la mejora de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña.

Para cumplir los objetivos del Plan director, desde la Generalidad de Cataluña se hace pública la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones destinadas a incentivar la renovación y la mejora de las infraestructuras básicas citadas, y se aprueban las bases correspondientes.

Por todo eso, de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, la normativa básica estatal de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y el resto de normativa vigente aplicable,

Ordeno:

.1 Hacer pública la convocatoria para el año 2008 para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para incentivar la realización de actuaciones de mejora y de renovación de las instalaciones de producción de nieve y de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña comprendidas en el ámbito territorial del Plan director de las estaciones de montaña, aprobado por el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 23 de mayo de 2006.

.2 Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones, que constan en el anexo de esta Orden.

.3 La cuantía máxima que se destina a estas subvenciones es de 1.750.000 (un millón setecientos cincuenta mil) euros. La convocatoria se financiará con cargo a las posiciones presupuestarias D/770000100/5420, por un importe máximo de 1.340.000,00 (un millón trescientos cuarenta mil) euros; D/740000100/5420, por un importe máximo de 400.000,00 (cuatrocientos mil) euros, y D/7690000100/5420, por un importe máximo de 10.000 (diez mil) euros, del centro gestor PO08 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2008.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 15 de julio de 2008

Joaquim Nadal i Farreras

Consejero de Política Territorial

y Obras Públicas

Anexo

Bases reguladoras

.1 Objeto y actuaciones subvencionables

1.1 Estas subvenciones tienen por objeto incentivar la realización de actuaciones de mejora y de renovación de las instalaciones de producción de nieve y de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña incluidas en el Plan director de las estaciones de montaña 2006-2011, aprobado por el Gobierno de la Generalidad en fecha 23 de mayo de 2006.

1.2 Las actuaciones de mejora y renovación de las instalaciones destinadas a la producción de nieve, a las cuales se refiere el párrafo anterior, pueden comprender:

  1. La ampliación, la mejora y la renovación de las instalaciones existentes.

  2. La implantación de nuevas instalaciones destinadas a esta finalidad.

    1.3 Con respecto a los sistemas de transporte de las estaciones, las actuaciones subvencionables pueden comprender la ampliación y la renovación de las instalaciones existentes.

    1.4 No será subvencionable, en el caso de las instalaciones de producción de nieve, la captación de agua.

    .2 Personas beneficiarias

    2.1 Pueden optar a estas subvenciones las entidades gestoras de las estaciones de montaña a que...

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