ORDEN PTO/434/2005, de 4 de noviembre, de convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos de montaña para la financiación de las operaciones necesarias para la limpieza y el mantenimiento de carreteras y vías de comunicación municipales afectadas por las nevadas y aprobación de las bases...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PTO/434/2005, de 4 de noviembre, de convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos de montaña para la financiación de las operaciones necesarias para la limpieza y el mantenimiento de carreteras y vías de comunicación municipales afectadas por las nevadas y aprobación de las bases reguladoras.

En Cataluña hay varias áreas geográficas de montaña en las cuales, como consecuencia de las nevadas anuales, se producen deterioros y obstaculizaciones en las vías de comunicación que originan un fuerte encarecimiento de su mantenimiento.

Por este motivo, es preciso dar apoyo a los ayuntamientos que resulten afectados para proceder a la tarea de limpieza y reparación que exige el restablecimiento de la normalidad en los accesos a estas zonas.

Por ello, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la normativa básica de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y a propuesta de la Dirección General de Carreteras,

Ordeno:

.1 Abrir la convocatoria para el año 2005 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a ayuntamientos de montaña para la financiación de las operaciones necesarias para la limpieza y el mantenimiento de carreteras y vías de comunicación municipales afectadas por las nevadas durante la temporada invernal 2005-2006.

.2 Esta convocatoria se financiará con cargo a la posición presupuestaria D/463160000/1211 del centro gestor PO05 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2005; la cantidad máxima total que se destinará a estas subvenciones será de 300.000 euros.

.3 Aprobar las bases para la concesión de estas subvenciones que constan en el anexo de esta Orden.

Disposición final Artículos 1 a 13

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 4 de noviembre de 2005

Joaquim Nadal i Farreras

Consejero de Política Territorial

y Obras Públicas

Anexo

Bases reguladoras

Artículo 1

Objeto

1.1 Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de las operaciones necesarias para la limpieza y el mantenimiento de carreteras y vías de comunicación municipales afectadas por las nevadas, que se lleven a cabo durante la temporada invernal 2005/2006.

1.2 En ningún caso se incluye dentro del objeto de la subvención el concepto de inversión.

Artículo 2

Beneficiarios

2.1 Pueden solicitar estas subvenciones los ayuntamientos de montaña que, como consecuencia de las nevadas anuales, necesiten hacer operaciones de limpieza, mantenimiento y conservación de las carreteras y las vías de comunicación de su término municipal.

2.2 También pueden solicitarlas los consejos comarcales que asuman la prestación de este servicio por cuenta de los municipios en los términos del artículo 25.1.c del Texto refundido de la Ley de la organización comarcal de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 4/2003, de 4 de noviembre.

Artículo 3

Solicitudes

3.1 Las solicitudes de financiación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en los lugares y las direcciones que se indican a continuación o por cualquiera de los otros medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común:

- Dirección General de Carreteras (av. Josep Tarradellas, 2-6, 08029 Barcelona).

- Servicio Territorial de Carreteras de Barcelona (c. Aragó, 244-248, 08007 Barcelona).

- Servicio Territorial de Carreteras de Girona (c. Migdia, 84-86, 17003 Girona).

- Servicio Territorial de Carreteras de Lleida (Rbla. d'Aragó, 4, 25002 Lleida).

- Servicio Territorial de Carreteras de Tarragona (c. Llovera, 52, 43201 Reus).

- Servicio Territorial de Carreteras de las Terres de l'Ebre (av. de les Comarques Catalanes, núm. 16, 43740 Móra d'Ebre).

3.2 En las solicitudes debe constar claramente la definición de la actividad a realizar, el importe de la subvención que se pide y el detalle de las fuentes de financiación de la actividad.

3.3 En las solicitudes, debe adjuntarse la documentación siguiente:

a) Certificado del acuerdo del pleno del ayuntamiento o del órgano competente para solicitar las subvenciones.

b) Presupuesto justificado de las actuaciones a realizar. En el supuesto de que excepcionalmente se produzcan cambios en los presupuestos presentados inicialmente, éstos, debidamente motivados, se tendrán que comunicar al órgano concedente para su autorización, si se tercia.

c) Descripción de la maquinaria y los medios...

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