ORDEN PTO/344/2007, de 21 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las actuaciones de mejora paisajística en las colonias del Plan director urbanístico de las colonias del Llobregat y de aprobación de las bases reguladoras.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

PTO/344/2007, de 21 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las actuaciones de mejora paisajística en las colonias del Plan director urbanístico de las colonias del Llobregat y de aprobación de las bases reguladoras.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 8/2005, de 8 de junio, de protección, gestión y ordenación del paisaje, el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, Departamento competente en materia de paisaje, tiene que potenciar las actividades de las administraciones locales que cumplan actuaciones de promoción y protección del paisaje, especialmente las que tengan por objeto la custodia del territorio para la preservación de sus valores paisajísticos, y debe dar apoyo a estas actividades.

El valle del río Llobregat se convirtió en un eje industrial de primer orden durante el siglo XIX. En la actualidad, sin embargo, y a pesar de que la minería y el sector secundario siguen teniendo una importante presencia, las transformaciones que vivió la industria durante el siglo XX y la emergencia del sector terciario han acabado convirtiendo las colonias en núcleos residenciales que, si bien en la mayoría de los casos están desvinculados de la actividad fabril que los originó, conservan un gran valor histórico y cultural.

Para dar respuesta a la consolidación de las colonias industriales del Llobregat en las comarcas de El Berguedà y de El Bages como espacios de residencia, de actividad productiva, de frecuentación turística y de preservación de la memoria histórica, el 8 de junio de 2007 se ha aprobado definitivamente el Plan director urbanístico de las colonias del Llobregat, inspirado en el concepto de paisaje cultural o ámbito geográfico, asociado, a la vez, a una actividad industrial que contiene valores estéticos y culturales muy importantes.

Por ello, de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y la normativa básica estatal de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de su reglamento, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y el resto de normativa vigente aplicable,

Ordeno:

.1 Hacer pública la convocatoria para el año 2007, para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar la realización de actuaciones de mejora paisajística en las colonias comprendidas en el Plan director urbanístico de las colonias del Llobregat.

.2 Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones que constan en el anexo de esta Orden.

.3 Esta convocatoria se financiará con un importe máximo de 1.000.000 de euros, distribuidos en las anualidades siguientes: año 2007, un importe máximo de 500.000 euros, con cargo a la posición presupuestaria D/760000100/5530 del centro gestor PO08 del presupuesto vigente de la Generalidad; año 2008, un importe máximo de 500.000 euros con cargo a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto de la Generalidad para el 2008. La dotación máxima prevista se puede modificar de acuerdo con la normativa vigente.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación al DOGC.

Barcelona, 21 de septiembre de 2007

Joaquim Nadal i Farreras

Consejero de Política Territorial

y Obras Públicas

Anexo

Bases reguladoras

.1 Objeto y actuaciones subvencionables

1.1 Estas subvenciones tienen por objeto incentivar la realización durante los años 2007 y 2008 de actuaciones de mejora paisajística en las colonias comprendidas en el Plan director urbanístico de las colonias del Llobregat.

1.2 Las actuaciones de mejora paisajística mencionadas en el apartado anterior pueden comprender:

a) La mejora y acondicionamiento del espacio público.

b) La restauración de edificios de uso colectivo y de interés patrimonial.

c) La mejora paisajista de los espacios exteriores y de las vías de acceso a las colonias industriales y también la eliminación, reducción y ordenación de los elementos, usos y actividades que las degradan.

d) El acondicionamiento y restauración del entorno.

.2 Beneficiarios

2.1 Pueden optar a estas subvenciones los ayuntamientos comprendidos dentro del ámbito territorial del Plan director urbanístico de las colonias del Llobregat.

2.2 Los beneficiarios no pueden incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

.3 Solicitudes

3.1. La presentación de las solicitudes comporta la plena aceptación de estas bases. Asimismo, la presentación de la solicitud lleva implícita la autorización al órgano gestor para la obtención de los certificados de...

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