DECRETO 54/2008, de 11 de marzo, por el que se establece un régimen de coberturas de cobro de las rentas arrendaticias de los contratos de alquiler de viviendas.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

54/2008, de 11 de marzo, por el que se establece un régimen de coberturas de cobro de las rentas arrendaticias de los contratos de alquiler de viviendas.

Uno de los ejes de la política de vivienda del Gobierno de la Generalidad de Cataluña es mejorar las condiciones de acceso de la ciudadanía que se encuentra en serias dificultades para obtener una vivienda del mercado libre, a raíz del fuerte proceso inflacionario vivido en los últimos diez años. La vivienda con protección oficial y la vivienda de alquiler no han sido, en el mismo periodo, lo bastante significativas, y su carencia relativa contribuye a empeorar los problemas de acceso a la vivienda.

El Gobierno de la Generalidad, consciente de esta situación, ha impulsado varias líneas de trabajo para potenciar la oferta de viviendas protegidas y también para incrementar el parque y la oferta de alquiler. Estas medidas están dando unos resultados incipientes y, en el caso del alquiler, topan con obstáculos que se sitúan en esferas no estrictamente regulables desde la política de vivienda, como son, entre otros, la sensación de vulnerabilidad que tienen los/las propietarios/as de viviendas a la hora de ponerlas en alquiler frente a situaciones de mora o de insolvencia.

En efecto, las viviendas de alquiler, a pesar de constituir uno de los ámbitos de mayor importancia para el alojamiento de la población con dificultades de acceso al mercado, están sufriendo en los últimos años varias formas de mal uso y de malas prácticas. El temor a problemas de impago o de mala utilización de la vivienda induce a algunos/as propietarios/as a mantenerlas desocupadas sin sacarles ningún tipo de rendimiento. Y el temor a llegar a una situación de impago reiterado que lleve a una demanda de desahucio que puede tardar a resolverse induce a algunos/as propietarios/as a pedir a los arrendatarios garantías muy superiores a las que exige la Ley de arrendamientos urbanos. En ambos casos, las prevenciones de las personas propietarias se traducen en dificultades objetivas para obtener una vivienda por parte de los/las arrendatarios/as potenciales.

Por esta razón, aparte de las medidas ya emprendidas en el Plan para el derecho a la vivienda, regulado por el Decreto 244/2005, de 8 de noviembre, prorrogado por el Decreto 288/2007, de 24 de diciembre, con respecto a mejorar las condiciones de promoción de viviendas protegidas de alquiler, y a las líneas de mediación para el alquiler social dirigidas a los colectivos especialmente sensibles con ingresos bajos, con las que se pretende ofrecer garantías a los propietarios, se considera necesario adoptar otras medidas, de carácter más general, para favorecer y fomentar la puesta en el mercado de viviendas en régimen de alquiler.

En este sentido, el Pacto Nacional por la Vivienda 2007-2016 promueve la implantación de medidas, como la que se establece en este Decreto en relación al alquiler, con la finalidad de impulsar actuaciones que favorezcan el acceso a la vivienda.

Para hacer operativo al máximo este requerimiento de un instrumento de mayor alcance, se opta por establecer una cobertura .avalloguer. para los contratos de arrendamiento de viviendas de los que tenga conocimiento la Generalidad de Cataluña, mediante el registro de contratos del Instituto Catalán del Suelo, y que cumplan las condiciones que se establecen en el presente Decreto.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Medio Ambiente y Vivienda y del consejero de Política Territorial y Obras Públicas, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Objeto

Este Decreto tiene por objeto aprobar un régimen de coberturas, que se denomina avalloguer, para contratos de alquiler que sean formalizados en relación a viviendas situadas en Cataluña, y que cumplan los requisitos previstos en el artículo 3.

Artículo 2

Características del régimen de coberturas

El régimen de coberturas o avalloguer consiste en asegurar a los arrendadores de viviendas, con contratos celebrados al amparo del artículo 2 de la Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos, la percepción de una cantidad equivalente a un máximo de seis meses de alquiler en el caso de instar un proceso judicial para la obtención de sentencia de desahucio por impago de la renta por parte del arrendatario, con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR