RESOLUCIÓN ENS/2276/2012, de 25 de octubre, por la que se modifica la Resolución de 29 de diciembre de 1997 y se actualiza la clasificación de especial dificultad atribuida a determinados puestos de trabajo docentes del cuerpo de maestros en los centros públicos de Cataluña.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyResolución

En el ejercicio de las competencias que otorga el artículo 158 de la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación y a los efectos previstos en el apartado 1.1.3 del anexo I del Real decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito nacional entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación y otros procedimientos de provisión de puestos de trabajo a cubrir por los mismos, corresponde actualizar la clasificación de los centros y puestos de trabajo que tengan que considerarse de especial dificultad.

Mediante la Resolución de 29 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2557, de 15.1.1998), modificada por la Resolución EDC/3703/2004, de 28 de diciembre (DOGC núm. 4309, de 26.1.2005) y la Resolución EDC/1151/2006, de 18 de abril (DOGC núm. 4621, de 26.4.2006), se clasificaron como puestos de especial dificultad determinados puestos de trabajo docentes del cuerpo de maestros de los centros públicos de Cataluña y se fijaron los criterios para dicha clasificación.

Visto que la Orden ENS/141/2012, de 18 de mayo, por la que se crea el Centro de Recursos Educativos para Deficientes Visuales (CREDV) (DOGC núm. 6141, de 4.6.2012), dispone en el artículo 3 la adscripción de los profesionales del Programa de maestros itinerantes para deficientes visuales y de sus funciones en el CREDV, es necesario que clasificación como de especial dificultad de los puestos de trabajo del Programa mencionado, de acuerdo con la letra g) del punto 2 de la Resolución de 29 de diciembre de 1997 antes citada, pase a referirse ahora a los correspondientes al CREDV.

Dado que los puestos de trabajo correspondientes al Programa de marginados sociales (educación compensatoria), no ha tenido ninguna dotación de plantilla desde el curso 2004-2005, es necesario regularizar su clasificación.

El punto 4 de la Resolución de 29 de diciembre de 1997 preveía la revisión y modificación de la clasificación que se llevaba a cabo en la misma con la periodicidad que se considerase conveniente para adaptarla a las variaciones producidas en la organización y estructura de los centros públicos, por lo que dicha clasificación se ha actualizado mediante las resoluciones que se detallan en el anexo 3 de esta Resolución.

Finalmente, dada la evolución continua de la colectividad Escuelar, determinados centros y puestos de trabajo han dejado de cumplir los criterios establecidos, lo que hace necesario una nueva actualización de dicha clasificación.

Por esta razón, y a propuesta de la Dirección General de Profesorado y Personal de Centros Públicos,

Resuelvo:

—1 Modificar el apartado g) de los criterios relacionados en el punto 2 de la Resolución de 29 de diciembre de 1997, que queda redactado de la manera siguiente, con efectos desde el 1 de septiembre de 2012:

Puestos de trabajo de maestros itinerantes del Centro de Recursos Educativos para Deficientes Visuales (CREDV).

—2 Disponer que los puestos de trabajo itinerantes del Programa de marginados sociales (educación compensatoria) correspondientes a los centros de trabajo que se incluyen en el anexo 2 de esta Resolución, pierden la clasificación de especial dificultad establecida en la Resolución de 29 de diciembre de 1997...

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