ORDEN SSS/488/2003, de 1 de diciembre, por la que se autoriza la prórroga de los certificados de acreditación de los centros hospitalarios.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

SSS/488/2003, de 1 de diciembre, por la que se autoriza la prórroga de los certificados de acreditación de los centros hospitalarios.

La acreditación es una herramienta fundamental para alcanzar la mejora de la calidad de los centros y servicios asistenciales, lo que ha sido un objetivo prioritario del Departamento de Sanidad y Seguridad Social desde su creación.

Los criterios de acreditación vigentes se establecen en la Orden del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de 10 de julio de 1991, por la que se regula la acreditación de los centros hospitalarios (DOGC núm. 1477, de 7.8.1991).

Con el objetivo de avanzar en la mejora de la calidad de los centros y servicios asistenciales, el modelo de acreditación actual está siendo objeto de un proceso de revisión y racionalización con el fin de adaptarlo a los nuevos modelos internacionales sobre evaluación y mejora de la calidad de la asistencia.

Por lo expuesto, se ha hecho evidente la conveniencia de alargar la prórroga establecida en la Orden SSS/16/2002, de 1 de marzo, por la que se autoriza la prórroga de los certificados de acreditación de los centros hospitalarios (DOGC núm. 3595, de 14.3.2002), hasta el 31 de diciembre de 2005.

Dado lo expuesto, de acuerdo con lo que prevé la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Los certificados de acreditación otorgados de acuerdo con la Orden de 10 de julio de 1991, por la que se regula la acreditación de los centros hospitalarios, quedan prorrogados, siempre que no se constate el incumplimiento de las condiciones existentes en el...

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