ORDEN de 28 de septiembre de 2001, por la que se establecen las bases reguladoras de las medidas extraordinarias de ayuda para paliar los daños catastróficos producidos por adversidades climáticas o incendios.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

de 28 de septiembre de 2001, por la que se establecen las bases reguladoras de las medidas extraordinarias de ayuda para paliar los daños catastróficos producidos por adversidades climáticas o incendios.

El territorio de Cataluña está sometido a una climatología muy variada en su conjunto. Aunque existen muchos y diversos microclimas, la climatología mediterránea es la que domina y esto implica unas condiciones muy variables según los años, con sequías intensas, fenómenos atmosféricos de mucha intensidad, como pueden ser los aguaceros y el pedrisco, y otras consecuencias producidas por una combinación de diferentes condiciones adversas, como pueden ser los incendios.

Para paliar los graves daños que producen las adversidades climáticas y los incendios en el sector agrario, es necesario establecer las bases reguladoras de las ayudas que serán convocadas cuando se produzcan las citadas circunstancias.

Por todo esto,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las medidas extraordinarias de ayuda a las explotaciones agrarias, las cooperativas agrarias y las sociedades agrarias de transformación afectadas por daños catastróficos producidos por adversidades climáticas o incendios, las cuales se publican en el anexo de esta Orden.

Disposición adicional

Los afectados por la heladas de los días 21 y 22 de abril de 2001, por las granizadas del 14 de julio de 2001, y por la sequía del primer semestre de 2001, se podrán acoger a la convocatoria correspondiente de ayuda que se regirá por las bases reguladoras aprobadas en esta Orden, siempre y cuando no hayan recibido ninguna otra ayuda por el mismo concepto.

Barcelona, 28 de septiembre de 2001

Josep Grau i Seris

Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca

Anexo

—1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a las ayudas que regulan estas bases lo integran el Decreto 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 1849, de 21.1.1994); la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y controles de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997); la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como lo que dispongan las correspondientes leyes de presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

—2 Objeto de las ayudas

2.1 Se establece una línea de ayuda con el objeto de paliar los daños catastróficos producidos en las explotaciones agrarias, las cooperativas agrarias y las...

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