RESOLUCIÓN ECO/788/2014, de 7 de abril, por la que se da publicidad al Protocolo general entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la Administración de la Generalidad de Cataluña para facilitar la práctica y comercialización, conjunta e interconexionada, del bingo electrónico.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyResolución

En fecha 27 de febrero de 2014 se ha firmado el Protocolo general entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la Administración de la Generalidad de Cataluña para facilitar la práctica y comercialización, conjunta e interconexionada, del bingo electrónico.

Vistas las previsiones del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, del artículo 112.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y del artículo 9 del Decreto 52/2005, de 5 de abril, de creación y regulación del Registro de convenios de colaboración y cooperación.

Resuelvo:

Hacer público el Protocolo general entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la Administración de la Generalidad de Cataluña para facilitar la práctica y comercialización, conjunta e interconexionada, del bingo electrónico, que ha sido inscrito en el Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalidad de Cataluña con el código 2014/1/002 y que se transcribe en el anexo de esta Resolución.

Barcelona, 7 de abril de 2014

Albert Carreras

Secretario general

Anexo

Protocolo general entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la Administración de la Generalidad de Cataluña para facilitar la práctica y comercialización, conjunta e interconexionada, del bingo electrónico.

En Madrid, a 27 de febrero de 2014

Reunidos

De una parte: el Excmo. Sr. D. Enrique Ossorio Crespo, consejero de Economía y Hacienda, actuando por delegación del Excmo. Sr. Presidente de la Comunidad de Madrid, conferida por Decreto 6/2014, de 21 de febrero, en uso de su atribución conferida por el artículo 17 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

De otra parte: el Hble. Sr. D. Andreu Mas-Colell, consejero de Economía y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña, en virtud de su nombramiento por Decreto 202/2010, de 27 de diciembre, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 12.a) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y por la autorización que se efectúa por el Acuerdo del Gobierno de 11 de febrero de 2014.

Reconociéndose todas las partes su representación,

Exponen:

  1. Que la colaboración entre las comunidades autónomas españolas, aparte de enriquecer el ejercicio de las competencias propias, ha servido también para incrementar su participación en los procesos de adopción de decisiones estatales e incluso para prevenir conflictos entre ellas, abriendo al mismo tiempo enormes posibilidades en el Estado autonómico en beneficio de su capacidad de autogobierno.

  2. Que en los últimos años, desde el desarrollo del Estado de las autonomías, se ha incrementado significativamente el número de convenios suscritos entre el Estado y las comunidades autónomas -cooperación vertical-, siendo deseable su incremento en lo referido a la...

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