DECRETO 20/2006, de 14 de febrero, de modificación parcial de los órganos de gobierno y de administración del Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción. (Corrección de errata en el DOGC núm. 4596, pág. 12926, de 20.3.2006).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE BIENESTAR Y FAMILIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

20/2006, de 14 de febrero, de modificación parcial de los órganos de gobierno y de administración del Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción. (Corrección de errata en el DOGC núm. 4596, pág. 12926, de 20.3.2006).

NOTA. En este texto se han introducido las correcciones de errata publicadas en el DOGC.

La Ley 13/1997, de 19 de noviembre, creó el Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción, adscrito al Departamento de Justicia como departamento competente en materia de protección de menores.

La Ley 11/2005, de 7 de julio, de modificación y derogación parcial de varias leyes relativas a entidades públicas y privadas y en materia de personal, ha añadido una disposición final cuarta a la Ley 13/1997, por la que se autoriza al Gobierno para modificar la estructura, la composición y el funcionamiento de los órganos de gobierno y administración del Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción.

Visto que la actual composición del Consejo Rector responde a su anterior adscripción al Departamento de Justicia, se considera conveniente modificar esta composición así como regular un nuevo régimen de funcionamiento. En este sentido, quedan afectados los artículos 7 y 8 de la Ley 13/1997, de creación del Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción que actualmente tienen rango reglamentario. También se considera necesario determinar que la vicepresidencia primera del Consejo Rector coincide con la vicepresidencia del Instituto.

Por todo esto, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta de la consejera de Bienestar y Familia y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Objeto

Se modifica la composición y el funcionamiento del Consejo Rector y se determina la vicepresidencia del Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción, entidad adscrita al Departamento de Bienestar y Familia, de acuerdo con lo que establece este Decreto.

Artículo 2

Composición del Consejo Rector

El Consejo Rector del Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción está integrado por los miembros siguientes:

  1. La Presidencia, que recae en la persona que la ocupa en el Instituto.

  2. Dos vicepresidencias, la primera de las cuales será ocupada por la persona titular de la Secretaria de Familias y de Infancia, y la segunda, por la persona que ocupe la Dirección del Instituto.

  3. Las vocalías...

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