ORDEN GRI/306/2013, de 2 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo para el acceso a la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría de entrada.

SecciónCargos y Personal
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

El Acuerdo de Gobierno GOV/154/2013, de 12 de noviembre, por el que se aprueba la oferta de ocupación pública parcial para el año 2013 de 112 plazas de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal (DOGC núm. 6501, de 14.11.2013), autoriza la convocatoria de 18 plazas de la subescala de secretaría, categoría de entrada.

Así, de acuerdo con lo que dispone el artículo 11 del Decreto 195/2008, de 7 de octubre, por el que se regulan determinados aspectos del régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter estatal de las entidades locales de Cataluña (DOGC núm. 5232, de 9.10.2008), y con la finalidad de atender las necesidades de personal funcionario con habilitación de carácter estatal en Cataluña, con el informe previo de la Dirección General de Administración Local, se acuerda convocar el proceso selectivo para el acceso a la subescala de secretaría, categoría de entrada.

Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres con respecto al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo que prevé la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Visto lo que dispone el apartado cuarto de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público,

Ordeno:

-1 Convocar el proceso selectivo para cubrir 18 plazas vacantes de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría de entrada (núm. de registro de convocatoria 209), y aprobar las bases que regirán dicha convocatoria que figuran en el anexo 1.

-2 Publicar esta convocatoria y las bases en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y enviarla al ministerio competente en materia de administraciones públicas para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero o la consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la última publicación oficial o directamente recurso contencioso- administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de la última publicación oficial.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 2 de diciembre de 2013

Joana Ortega i Alemany

Vicepresidenta del Gobierno y consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales

Anexo 1

Bases de la convocatoria

-1 Normas generales

1.1 Se convoca el proceso selectivo para cubrir 18 plazas vacantes de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, subescala de secretaría, categoría de entrada (núm. de registro de convocatoria 209) y con la distribución siguiente:

9 plazas a cubrir por el sistema general de acceso libre.

9 plazas a cubrir por el sistema de promoción interna.

Del total de plazas ofertadas, 2 plazas quedan reservadas para ser cubiertas por personas con minusvalía con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, y el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Este contingente de reserva en esta convocatoria será de una plaza para el sistema general de acceso libre y de una plaza para el de promoción interna.

Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición sin obtener plaza por el contingente de reserva para personas con discapacidad pueden optar, en igualdad de condiciones, a las plazas del sistema general, tanto en el caso de acceso por promoción interna como en el de turno libre.

La plaza reservada para personas con discapacidad en el sistema de acceso libre que no se cubra, se acumulará a las plazas de acceso libre del contingente general. La plaza reservada para personas con discapacidad en el sistema de promoción interna que no se cubra, se acumulará a las plazas de acceso por promoción interna.

Las plazas no cubiertas de las reservadas a promoción interna incrementarán las restantes plazas de acceso libre del contingente general.

Las personas aspirantes sólo pueden participar en uno de los dos sistemas y tienen que especificar en la solicitud el sistema de acceso libre o de promoción interna por el que optan. Esta opción vincula a la persona aspirante y no puede modificarla una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes. La presentación de solicitudes para los dos sistemas es causa de exclusión del procedimiento selectivo.

1.2 Al proceso selectivo que establece esta convocatoria se le aplican la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público; el Decreto 195/2008, de 7 de octubre, por el que se regulan determinados aspectos del régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter estatal de las entidades locales de Cataluña y, de forma supletoria, el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundida en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; y, el Decreto 232/2013, de 15 de octubre, por el que se crea la Sede electrónica.

-2 Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Acceso libre

Para ser admitidas en el proceso selectivo, las personas aspirantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

  1. Tener la nacionalidad española.

  2. Tener cumplidos los dieciséis años y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

  3. Tener, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que acabe el plazo de presentación de solicitudes, alguno de los títulos académicos siguientes: licenciatura en Derecho, licenciatura en Ciencias Políticas y de la Administración, licenciatura en Sociología o el título de grado correspondiente.

  4. No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectadas por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones.

  5. No haber estado separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas.

  6. Estar en posesión de conocimientos de nivel de suficiencia de lengua catalana -C- o superar la segunda prueba selectiva prevista en la base 8 de esta convocatoria.

    Los requisitos establecidos en esta base se tienen que tener en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera. La presentación de la solicitud para formar parte del proceso selectivo llevará implícita la declaración de la persona aspirante de cumplir con los requisitos exigidos en esta base, sin perjuicio de su posterior acreditación, de conformidad con la base 11.

    2.2 Promoción interna

    Las personas aspirantes por promoción interna tienen que cumplir, además, los requisitos siguientes:

  7. Pertenecer a la subescala de secretaría-intervención, de la escala de personal funcionario con habilitación de carácter estatal.

  8. Tener, como mínimo, dos años de antigüedad en la subescala de secretaría-intervención, a contar a partir de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

    Para determinar la antigüedad de las personas aspirantes, se tomarán en consideración tanto los servicios efectivos prestados en la subescala como las situaciones administrativas diferentes del servicio activo que, según la normativa legal vigente, sean computables a efectos de antigüedad.

    -3 Solicitudes

    3.1 Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Boletín Oficial del Estado. En caso de que la publicación no fuera simultánea, el inicio del cómputo del plazo de veinte días naturales se producirá a partir de la fecha de la última publicación oficial. Solo se admitirán las solicitudes presentadas en el plazo indicado.

    3.2 Obtención, formalización y presentación de las solicitudes

    Las solicitudes se dirigen al director o directora general de Administración Local y se pueden formalizar y presentar a través de uno de los canales siguientes:

  9. Telemático: a través de la Oficina Virtual de Trámites de la Generalidad de Cataluña (http://www.gencat.cat/ovt/gri/convocatoria209). Las solicitudes tramitadas por este canal quedan registradas automáticamente en el Registro General Electrónico.

  10. Presencial: el modelo de solicitud en soporte papel se puede obtener en el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales (Via Laietana, 26, 08003 Barcelona), en la Escuela de Administración Pública de Cataluña (calle de Girona, 20, 08010 Barcelona) y en los servicios territoriales de Gobernación y Relaciones Institucionales:

    Barcelona: calle de la Tapineria, 10, 08002 Barcelona

    Girona: plaza de Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona

    Lleida: calle de Lluís Companys, 1, 25003 Lleida

    Tarragona: calle de Sant Francesc, 3, 43003 Tarragona

    Cataluña Central: plaza Major, 37,08500 Vic

    Les Terres de l’Ebre: calle de Montcada, 23 (Palau Abària), 43500 Tortosa

    La presentación de solicitudes se puede realizar en los registros de las sedes antes mencionadas.

    También se admitirán las solicitudes que se presenten en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como el artículo 25...

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