RESOLUCIÓN ENS/1132/2013, de 21 de mayo, por la que se eleva a definitiva la Resolución ENS/406/2013, de 21 de febrero, por la que se aprueban con carácter provisional las modificaciones de los conciertos educativos de los centros privados para las enseñanzas obligatorias y de educación infantil de segundo ciclo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyResolución

Por Resolución ENS/406/2013, de 21 de febrero (DOGC núm. 6328, de 5.3.2013), se aprobó con carácter provisional la modificación de los conciertos educativos de los centros privados para las enseñanzas obligatorias y de educación infantil de segundo ciclo.

Una vez acabado el período de preinscripción para la admisión de alumnos para el curso 2013-2014 y antes de iniciar el período de matriculación, hay que elevar a definitiva la Resolución mencionada, con las modificaciones correspondientes, con el fin de ajustarla al resultado de la preinscripción.

La Resolución ENS/406/2013, de 21 de febrero, no concertó unidades a algunos centros privados, a los que ahora hay que otorgar el concierto educativo para las unidades solicitadas, ya que se han modificado las circunstancias en virtud de las cuales se denegaron.

Durante el mes de julio y una vez se disponga del número de alumnos matriculados en las enseñanzas obligatorias y de educación infantil de segundo ciclo, de acuerdo con el artículo 30.4 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, el Departamento de Enseñanza procederá a revisar las unidades concertadas y a iniciar los expedientes de modificación del concierto cuando no consigan el número mínimo de alumnos fijado en la Resolución ENS/406/2013, de 21 de febrero, antes mencionada.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Centros Concertados y Centros Privados,

Resuelvo:

-1 Elevar a definitiva la Resolución ENS/406/2013, de 21 de febrero, por la que se aprueban con carácter provisional las modificaciones de los conciertos educativos de los centros privados para las enseñanzas obligatorias y de educación infantil de segundo ciclo, con las modificaciones que se especifican en el anexo de esta Resolución.

Se confirman los conciertos educativos de los centros que no se modifican en esta Resolución en el sentido que se establecía en la Resolución ENS/406/2013, de 21 de febrero.

-2 Las modificaciones de los conciertos educativos que se aprueban definitivamente por esta Resolución tendrán efectos a partir del 1 de septiembre de 2013.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 11 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, las modificaciones de los conciertos educativos que aprueba esta disposición se formalizarán mediante un documento administrativo que subscribirán el director de los servicios territoriales que corresponda del Departamento de Enseñanza, o el gerente del Consorcio de Educación de Barcelona, en el...

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