RESOLUCIÓN ECF/2242/2009, de 30 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de varios puestos singulares de la Intervención General (convocatoria de provisión núm. EC/005/09).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ECF/2242/2009, de 30 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de varios puestos singulares de la Intervención General (convocatoria de provisión núm. EC/005/09).

Vista la Resolución ECF/562/2009, de 29 de enero, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de varios puestos singulares de la Intervención General (convocatoria de provisión núm. EC/005/09), publicada en el DOGC núm. 5334, de 9.3.2009;

Visto que se han cumplido los requisitos y las especificaciones exigidos en la convocatoria;

Dado lo que disponen el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;

De conformidad con la propuesta de la Junta de Méritos y Capacidades correspondiente;

En uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,

Resuelvo:

.1 Destinar a los funcionarios que se detallan en el anexo de esta Resolución para ocupar los puestos singulares que en cada caso se especifican.

.2 Declarar desierta la provisión del puesto, con referencia 5, de responsable de Gestión de la Fiscalización de la Intervención General del Departamento de Economía y Finanzas.

.3 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente y de acuerdo con lo que establecen el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona...

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