ORDEN EDC/471/2005, de 13 de diciembre, por la que se convocan varias becas de colaboración en tareas de formación en calificaciones profesionales y en tecnologías de la información aplicadas a las calificaciones y a la formación profesional, propias del Departamento de Educación.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

EDC/471/2005, de 13 de diciembre, por la que se convocan varias becas de colaboración en tareas de formación en calificaciones profesionales y en tecnologías de la información aplicadas a las calificaciones y a la formación profesional, propias del Departamento de Educación.

El Departamento de Educación desarrolla el sistema integrado de calificaciones y formación profesional, el cual se compone, entre otros instrumentos, de un Catálogo de calificaciones profesionales y de un sistema de reconocimiento y acreditación de la competencia profesional.

La elaboración del Catálogo de calificaciones profesionales requiere el conocimiento y el análisis de las competencias profesionales vinculadas a las diversas profesiones y sectores profesionales en los respectivos entornos laborales, así como el seguimiento de su evolución. Es, por lo tanto, un dominio de conocimiento situado dentro de la gestión de los recursos humanos.

El sistema de reconocimiento y acreditación de la competencia profesional se fundamenta en el conocimiento de las calificaciones profesionales y su aplicación requiere del apoyo de las tecnologías de la información y de la comunicación.

Es dentro de este marco, de formación en el desarrollo de las calificaciones profesionales y de las nuevas tecnologías de la información, que el Departamento de Educación quiere facilitar la colaboración de estudiantes universitarios en los ámbitos relacionados con las calificaciones profesionales y con las tecnologías de la información, para que la experiencia que lleven a cabo enriquezca su formación académica al mismo tiempo que les proporciona una experiencia práctica del funcionamiento de la Administración y les prepara para su ejercicio profesional.

Por todo ello, de acuerdo con lo que prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir convocatoria pública para adjudicar tres becas de colaboración en tareas de formación en calificaciones profesionales y en tecnologías de la información, propias del Instituto Catalán de las Calificaciones Profesionales del Departamento de Educación, dependiente de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, a estudiantes y titulados recientes de universidades de Cataluña, relacionados con las calificaciones profesionales y las tecnologías de la información.

Artículo 2

Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

El gasto derivado de la entrega de las becas, por un importe máximo de 28.101,49 euros, queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida D/480000100/4250 del centro gestor EN05, del presupuesto del año 2006.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

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