ORDEN BEF/250/2003, de 22 de mayo, por la que se establece el calendario de las actividades formativas en los centros y las aulas de formación de adultos.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

BEF/250/2003, de 22 de mayo, por la que se establece el calendario de las actividades formativas en los centros y las aulas de formación de adultos.

Vista la propuesta de la directora general de Formación de Adultos relativa a la necesidad de regular el calendario de las actividades formativas en los centros y las aulas de formación de adultos, una vez realizado el trámite sindical correspondiente, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente;

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto establecer el calendario de las actividades formativas en los centros y las aulas de formación de adultos públicos i privados autorizados para el curso 2003-2004.

Artículo 2

Calendario

2.1 El personal docente de los centros y las aulas de formación de adultos iniciará las actividades el día 1 de septiembre de 2003 y las finalizará el día 30 de junio de 2004.

2.2 Desde el primer día hábil del mes de septiembre, y hasta el inicio de las clases, el personal docente realizará las actividades de seguimiento, información, inscripción del alumnado, tareas específicas de programación y de organización general del curso, y las entrevistas personales al alumnado, convalidaciones, si procede, y evaluaciones iniciales que permitan elaborar los itinerarios formativos.

2.3 Las clases comenzarán el 22 de septiembre de 2003 y se terminarán el 23 de junio de 2004.

2.4 Una vez terminadas las clases, y hasta el último día hábil del mes de junio, se realizarán las actividades de evaluación final, de revisión del curso, de elaboración de la memoria y de programación de la oferta formativa para el curso siguiente.

Artículo 3

Horario lectivo

3.1 Dentro de las enseñanzas iniciales para adultos, el horario lectivo para el alumnado que curse las enseñanzas correspondientes al ciclo de formación instrumental será de una hora y media a dos horas de clase diaria de lunes a viernes, ambos inclusive, para los dos primeros niveles, y de dos horas a dos horas y media para el tercer nivel.

3.2 Respecto al resto de enseñanzas iniciales para adultos, las cuales incluyen la oferta formativa de curso de lengua oral, curso de lengua escrita, iniciación a la informática e iniciación a una lengua extranjera, el numero de horas será el equivalente a un mínimo de 60 horas de trabajo...

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