RESOLUCIÓN JUS/1719/2011, de 6 de julio, por la que se aprueban las bases de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administración de justicia respecto de los que la Generalidad de Cataluña ha asumido competencias, y se convocan las ayudas económicas correspondientes para el año 2010.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/1719/2011, de 6 de julio, por la que se aprueban las bases de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administración de justicia respecto de los que la Generalidad de Cataluña ha asumido competencias, y se convocan las ayudas económicas correspondientes para el año 2010.

Considerando que los presupuestos de la Administración de la Generalidad de Cataluña para el año 2011 están en fase de tramitación parlamentaria y por tanto pendientes de su aprobación definitiva;

Considerando que en virtud del Real decreto 441/1996, de 1 de marzo, se traspasaron a la Generalidad de Cataluña las funciones y los servicios en materia de medios personales al servicio de la Administración de justicia;

En el contexto de la actual recesión económica y las restricciones presupuestarias que de ella se derivan, los créditos destinados a los distintos programas de ayudas del fondo de acción social para los funcionarios de la Administración de justicia se han visto sensiblemente reducidos respecto del año anterior, siendo necesario entender esta medida de manera transitoria y coyuntural. Esto ha provocado que algunos programas de ayudas se hayan suprimido en esta convocatoria para poder priorizar aquellos programas que se considera que tienen una naturaleza más social.

Visto el Decreto 129/1996, de 16 de abril, por el que se asignan al Departamento de Justicia las funciones y los servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de justicia;

En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente,

Resuelvo:

—1 Aprobar las bases de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administración de justicia respecto de los que la Generalidad de Cataluña ha asumido competencias correspondientes para el año 2010.

—2 Abrir la convocatoria para conceder ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administración de justicia respecto de los que la Generalidad de Cataluña ha asumido competencias, para el año 2010. Las ayudas deben ser solicitadas de acuerdo con lo que se dispone en las bases del anexo de esta Resolución.

—3 El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

—4 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 107,116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien pueden impugnar esta Resolución directamente mediante un recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente de Barcelona, de acuerdo con lo que disponen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 6 de julio de 2011

Jaume Erruz i Seall

Secretario general

Anexo

Bases generales

—1 Objeto

El objeto de estas bases es regular el contenido, el procedimiento de gestión y la resolución de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de los cuerpos de la Administración de justicia respecto de los que la Generalidad de Cataluña ha asumido competencias, correspondientes a gastos o hechos ocurridos en el año 2010.

—2 Programas

Ayuda por hijos.

Ayuda por estudios de los funcionarios.

Ayuda familiares ascendentes dependientes.

Ayuda por discapacidades.

—3 Contenido

3.1 Estas ayudas tienen carácter de prestación económica, y su finalidad es la de compensar parte de los gastos que al personal solicitante le haya ocasionado alguna o algunas de las modalidades objeto de la convocatoria.

3.2 En los casos en que el importe solicitado sea inferior a la cuantía correspondiente a la ayuda, se otorgará el importe del gasto debidamente acreditado.

—4 Comisión de Acción Social

4.1 La Comisión de Acción Social tiene carácter paritario y están representados la Administración (Departamento de Justicia) y las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Administración de justicia en Cataluña.

4.2 La Comisión de Acción Social, actuando de acuerdo con los principios de equidad y objetividad, ha establecido los programas de ayudas, asignando a cada programa la cuantía o el porcentaje correspondiente en relación con el total del presupuesto establecido, proponiendo la aprobación de las bases de la convocatoria de cada programa, y le corresponde también establecer los baremos correspondientes.

Sus miembros se comprometen a guardar la necesaria confidencialidad en relación con las informaciones y datos de tipo personal que conozcan por medio de los expedientes tramitados.

4.3 La gestión de la ejecución de los distintos programas de ayudas le corresponde al Servicio de Recursos Humanos de la Subdirección General de Recursos Humanos y Gestión Económica de la Dirección General de Recursos de la Administración de Justicia del Departamento de Justicia, con sede en la calle Pau Claris, 81, de Barcelona.

—5 Contenido económico

5.1 Las cuantías destinadas a los diferentes programas de ayuda son las que se determinan a continuación:

Programas Cantidad destinada
Hijos 766.996,94 €
Estudios de los funcionarios 163.931,42€
Familiares ascendentes dependientes 4988,89€
Discapacidades 61.862,33 €
Total 997.779,58€
5.2 Si se produce algún remanente en algún programa, éste se destinará al programa para hijos y, en segunda instancia, al programa para estudios. Si realizados estos ajustes, persistiera todavía algún remanente, podría acordarse por parte de la comisión un aumento de las cantidades a abonar a los solicitantes de las ayudas o cualquier otra medida tendente a una optimización del reparto de los créditos

5.3...

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