RESOLUCIÓN PTO/433/2008, de 20 de febrero, de convocatoria para el otorgamiento de las ayudas que establece la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial, y el Decreto 369/2004, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley mencionada.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

PTO/433/2008, de 20 de febrero, de convocatoria para el otorgamiento de las ayudas que establece la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial, y el Decreto 369/2004, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley mencionada.

La Ley 2/2004, de 4 de junio, crea el Fondo de fomento del programa de barrios y áreas urbanas de atención especial. El Decreto 369/2004, de 7 de septiembre, desarrolla las previsiones generales de la Ley y regula las bases para la concesión de las ayudas previstas en el fondo.

El Decreto mencionado establece que por resolución del consejero o consejera de Política Territorial y Obras Públicas, anualmente se hará pública la convocatoria para solicitar la participación en el fondo.

Por todo eso, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, la normativa básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de su reglamento de desarrollo aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Paisaje,

Resuelvo:

.1 Objeto

El objeto de esta Resolución es abrir la convocatoria para el año 2008 para solicitar las ayudas previstas en la Ley 2/2004, de 4 de junio, que crea el Fondo de fomento del programa de barrios y áreas urbanas de atención especial.

.2 Bases reguladoras

Las bases de esta convocatoria son las que establece el Decreto 369/2004, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial (DOGC núm. 4215, de 9.9.2004).

.3 Propuesta de la Comisión

La Comisión de Gestión del Fondo de Fomento del programa de barrios y áreas urbanas propondrá, dentro de los límites establecidos por la Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial, el porcentaje de subvención del presupuesto global del proyecto de intervención integral teniendo en cuenta los criterios establecidos para la evaluación de los mencionados proyectos, así como cualquier otro que la Comisión considere adecuado para la efectiva ejecución de las actuaciones. Este porcentaje estará comprendido entre el 50 y el 55 por 100 del presupuesto aprobado.

.4 Dotación económica y aplicación presupuestaria

El importe máximo destinado a la presente...

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