ORDEN PRE/271/2006, de 19 de mayo, de modificación de la Orden de 18 de mayo de 2001, de establecimiento de normas para la solicitud de avales y préstamos directos para financiar inversiones en materia de servicios sanitarios.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/271/2006, de 19 de mayo, de modificación de la Orden de 18 de mayo de 2001, de establecimiento de normas para la solicitud de avales y préstamos directos para financiar inversiones en materia de servicios sanitarios.

La Orden de 18 de mayo de 2001, de establecimiento de normas para la solicitud de avales y préstamos directos para financiar inversiones en materia de servicios sanitarios regula el procedimiento para la concesión de las mencionadas operaciones de crédito por parte del Instituto Catalán de Finanzas a entidades que trabajen dentro del ámbito de actuación del Servicio Catalán de la Salud. La mencionada Orden desarrolla lo que han venido estableciendo las diferentes leyes de presupuestos anuales de la Generalidad en relación a los avales mencionados y lo hace extensivo a los préstamos directos.

Sin embargo, la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2006 ya no da un tratamiento diferenciado a los avales que el Instituto Catalán de Finanzas puede conceder a las entidades que trabajan en el ámbito del Servicio Catalán de la Salud, como sí lo hacían las leyes de presupuestos anteriores.

Asimismo, el Decreto 177/2005, de 30 de agosto, de reestructuración de la Dirección General de Presupuestos y Tesoro establece las funciones de la mencionada Dirección General, entre las que no hay la de informar los préstamos y avales del Instituto Catalán de Finanzas.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 12 y 62 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y a propuesta conjunta del consejero de Economía y Finanzas y de la consejera de Salud,

Ordeno:

Artículo único
  1. Se modifica el artículo 1 de la Orden de 18 de mayo de 2001, de establecimiento de normas para la solicitud de avales y préstamos directos para financiar inversiones en materia de servicios sanitarios (DOGC núm. 3400, de 31.5.2001), que queda redactado de la manera siguiente: "Corresponde al Instituto Catalán de Finanzas el otorgamiento de préstamos y avales de acuerdo con los importes que establecen sus órganos de gobierno y dentro de los límites establecidos en su ley reguladora y el resto de normativa de referencia."

  2. Se deroga el artículo 3 de la Orden de 18 de mayo de 2001.

  3. Se modifica el punto 3.5 del anexo de la Orden, de 18 de mayo de 2001, añadiendo el siguiente...

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