ORDEN ARP/132/2005, de 4 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para programas de auditoría y asesoramiento de las explotaciones de ovino y cabrío, y se convocan las correspondientes al año 2005.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/132/2005, de 4 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para programas de auditoría y asesoramiento de las explotaciones de ovino y cabrío, y se convocan las correspondientes al año 2005.

La Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de orientación agraria de Cataluña, dentro de los objetivos en el ámbito de la producción y la sanidad ganaderas, establece el de mejorar el rendimiento de los medios de producción ganadera con la finalidad, entre otras, de promover la adaptación de las explotaciones ganaderas para que los sistemas de producción sean más autosuficientes y respondan a las exigencias técnicas, sanitarias y de mercado.

En el sector del ganado ovino y cabrío se manifiestan graves carencias en el manejo y un bajo nivel en la utilización de las herramientas de gestión técnica, sanitaria y económica. Eso comporta un conocimiento deficiente de los resultados técnicos y económicos y una dificultad para establecer comparaciones entre explotaciones similares que, a la larga, comporta un inmovilismo de la explotación y una falta de competitividad.

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca considera necesario continuar con actuaciones en las que se priorice utilizar los medios técnicos.

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las competencias que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para programas de auditoría y asesoramiento de las explotaciones de ovino y cabrío, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas destinadas a programas de auditoría y asesoramiento de las explotaciones de ovino y cabrío correspondientes al año 2005, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el artículo 1 de esta Orden.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC.

2.3 Las ayudas que establece esta Orden irán a cargo de la partida presupuestaria AG02 D/771171400/7132 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, dotada con un importe máximo de 230.000 euros.

Disposición derogatoria

Se derogan las disposiciones siguientes:

Orden ARP/284/2002, de 24 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para programas de auditoría y asesoramiento de las explotaciones de ovino y cabrío, y se convocan las correspondientes al año 2002 (DOGC núm. 3690, de 1.8.2002).

Orden ARP/200/2003, de 25 de abril, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas para programas de auditoría y asesoramiento de las explotaciones de ovino y cabrío, y se convocan las correspondientes al año 2003 (DOGC núm. 3880, de 9.5.2003).

Orden ARP/260/2004, de 16 de julio, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas para programas de auditoría y asesoramiento de las explotaciones de ovino y cabrío, y se convocan las correspondientes al año 2004 (DOGC núm. 4182, de 26.7.2004).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 4 de abril de 2005

Antoni Siurana i Zaragoza

Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca

Anexo

.1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a la ayuda que regulan estas bases lo integran la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003); el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR