RESOLUCIÓN CLT/93/2003, de 17 de enero, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a grupos y artistas catalanes en sus desplazamientos al extranjero durante el año 2003 (código 13401).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CLT/93/2003, de 17 de enero, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a grupos y artistas catalanes en sus desplazamientos al extranjero durante el año 2003 (código 13401).

Con el fin de favorecer e incrementar los desplazamientos al extranjero de grupos y artistas catalanes y, en consecuencia, ayudar a la proyección exterior de la cultura catalana;

Considerando el Decreto 227/1991, de 7 de mayo, de constitución del Consorcio Catalán de Promoción Exterior de la Cultura (COPEC);

Vistos los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Resuelvo:

-1 Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a grupos y artistas catalanes en sus desplazamientos al extranjero durante el año 2003.

-2 Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por las bases que se publican en anexo a la presente Resolución y por la normativa general de subvenciones.

-3 La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta Resolución es de 150.500 euros, con cargo a la partida 627.000.004 del presupuesto del COPEC para el año 2003. De esta dotación, un importe máximo de 132.000 euros se destina a proyectos del ámbito de la música, el teatro, la danza y las artes visuales, y un importe máximo de 18.500 euros, a proyectos del ámbito de la cultura popular y tradicional catalana.

Estos importes se reparten de forma proporcional entre los períodos de presentación de solicitudes descritos en el punto primero de la base 6.

La dotación máxima de subvenciones podrá ser ampliada en función de las solicitudes recibidas y las disponibilidades presupuestarias.

-4 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses desde la publicación en el DOGC y, potestativamente, recurso de reposición ante el presidente del COPEC en el plazo de un mes.

Barcelona, 17 de enero de 2003

Jordi Vilajoana i Rovira

Presidente

Anexo

Bases

-1 Objeto

Esta convocatoria tiene como objeto la promoción exterior de la cultura catalana mediante la concesión de subvenciones para viajes al extranjero para llevar a cabo espectáculos de música, teatro, danza, artes visuales y cultura popular y tradicional catalana, así como para participar en festivales y ferias internacionales en el extranjero en estos ámbitos.

A los efectos de esta convocatoria se encuentran incluidos en el ámbito de cultura popular y tradicional todos los proyectos con un contenido claramente dentro de este ámbito, como jornadas folclóricas, pasacalles, danzas tradicionales, castellers, sardanas, esbarts, bastoners, diablos, pastorets, grupos amateurs de teatro y espectáculos dramáticos o parateatrales de raíz tradicional o religioso, música tradicional, coblas, corales, orquestas o conjuntos musicales de carácter no profesional o que básicamente se dediquen a la música de raíz tradicional y en general las que tengan relación con el marco de actuación del Centro de Promoción de la Cultura Popular y Tradicional Catalana, establecido por la Ley 2/1993, de 5 de marzo, de fomento y protección de la cultura popular y del asociacionismo juvenil.

Estas subvenciones se...

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