ORDEN AAM/254/2012, de 31 de agosto, de aprobación del Plan piloto de recolección de setas dentro del ámbito del paraje natural de interés nacional de Poblet y de su zona de influencia, y de creación del precio público vinculado al Plan piloto.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

Se llevo a cabo la declaración de paraje natural de interés nacional de Poblet mediante la Ley 22/1984, de 9 de noviembre, que declara paraje natural de interés nacional una parte del valle del monasterio de Poblet.

El bosque de Poblet es una zona de recolección de setas de gran valor debido a su masa forestal, las características de su suelo y las reforestaciones llevadas a cabo en el pasado.

En Cataluña, la recolección de setas ha pasado de ser una tradición propiamente rural a una actividad popularizada por el conjunto de la sociedad. Especialmente durante los meses de otoño, los bosques catalanes reciben una multitud de visitas de perfiles diversos.

En estos últimos años los terrenos forestales se han visto sometidos a una presión excesiva que hace conveniente realizar actuaciones orientadas a la prevención y conservación del espacio protegido, con el fin de hacer compatible la protección del espacio con las actividades de ocio.

La Ley 12/12985, de 13 de junio, de espacios naturales, encomienda a las administraciones públicas la defensa de sus ecosistemas y recursos naturales de todas las causas de degradación que les pueden amenazar.

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad, se considera conveniente poner en marcha un Plan piloto de recolección de setas en los montes públicos de titularidad de la Generalidad de Cataluña dentro del paraje natural de interés nacional de Poblet y de su zona de influencia, con el objetivo de hacer un estudio, a partir de los datos obtenidos sobre afluencia de buscadores de setas, volumen de extracción de setas, erosión del terreno, actuaciones de conservación y señalización necesarias, y otros datos significativos, con el fin de evaluar y obtener las conclusiones que permitan la ordenación de la recolección de setas en el marco de la protección del medio y el uso racional y equilibrado del territorio.

Por otra parte, se ha valorado la necesidad, derivada de la implantación del Plan piloto, de crear un precio público para el acceso a los terrenos de la Generalidad incluidos en el Plan, con la finalidad de recolectar setas.

De acuerdo con lo que establece el artículo 1.3-2 del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, y en uso de las...

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