ORDEN ECF/457/2010, de 29 de septiembre, por la que se aprueba la aplicación de los servicios de subasta electrónica integrados en la Plataforma de servicios de contratación pública.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/457/2010, de 29 de septiembre, por la que se aprueba la aplicación de los servicios de subasta electrónica integrados en la Plataforma de servicios de contratación pública.

En el marco europeo de la contratación electrónica y en el contexto de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, el Departamento de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Contratación Pública, está llevando a cabo las actuaciones para implementar la estrategia corporativa de contratación electrónica orientada a los servicios a las empresas y gestores públicos en el marco de las competencias de la Generalidad sobre contratos de las administraciones públicas catalanas que le otorga el artículo 159.3 del Estatuto de autonomía de Cataluña de 2006. Esta estrategia debe culminar en la implantación de un sistema integral de contratación electrónica de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de su sector público vinculado o dependiente con el objetivo, por una parte, de mejorar el funcionamiento interno de la Administración en el ámbito de la contratación pública y, por otra parte, de mejorar los canales de relación de la Administración con las empresas y la ciudadanía para mejorar la calidad en el servicio.

Con este objetivo la Dirección General de Contratación Pública, mediante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, ya ha implementado algunos sistemas transversales, como son el Registro electrónico de empresas licitadoras (RELI), el Gestor electrónico de expedientes de contratación (GEEC) y la Plataforma de servicios de contratación pública (PSCP).

Siguiendo en esta línea estratégica, se está emprendiendo la construcción de los servicios de licitación electrónica integrados en la Plataforma de servicios de contratación pública, para dotar a las administraciones públicas catalanas y a las empresas de herramientas intuitivas y amigables que aporten al mismo tiempo, a ambas partes, todas las garantías jurídicas y técnicas del proceso de licitación por medios electrónicos.

Asimismo, la aprobación de la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de medios electrónicos en el sector público de Cataluña, ha dado también un impulso decidido a la incorporación de los medios electrónicos en las relaciones de las entidades del sector público de Cataluña con las empresas. Concretamente, el artículo 16 de la Ley citada establece que las entidades que integran el sector público de Cataluña deben impulsar, con carácter...

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