ORDEN ARP/128/2005, de 31 de marzo, por la que se amplía el plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas asociadas a la declaración única agraria (DUN), y se modifica la Orden ARP/55/2005, de 14 de febrero.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/128/2005, de 31 de marzo, por la que se amplía el plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas asociadas a la declaración única agraria (DUN), y se modifica la Orden ARP/55/2005, de 14 de febrero.

La Orden ARP/455/2004, de 15 de diciembre (DOGC núm. 4288, de 27.12.2004), por la que se establece y se regula la declaración única agraria, determina que la declaración única agraria deberá presentarse en el período hábil establecido en las convocatorias de las ayudas correspondientes.

Mediante la Orden ARP/55/2005, de 14 de febrero (DOGC núm. 4326, de 18.2.2005), se establece el procedimiento para la tramitación de determinados regímenes de ayudas comunitarios en agricultura para la campaña de comercialización 2005-2006 (cosecha 2005) y de las ayudas a los productores de ganado vacuno, ovino y cabrío y al sector láctico para la campaña 2005. Todas estas ayudas están asociadas a la declaración única agraria (DUN), y el plazo de presentación de solicitudes en algunas ayudas está fijado entre los días 1 de febrero y 11 de marzo de 2005.

La Orden estatal APA/540/2005, de 7 de marzo (BOE núm. 58, de 9.3.2005), prorroga el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda para superficies a determinados productos agrícolas y de primas ganaderas de vacuno, ovino y cabrío, y de ayudas directas comunitarias al sector láctico, como consecuencia del retraso en el inicio del período de presentación y de la puesta en marcha de la aplicación SIGPAC para la realización de las solicitudes de ayuda para esta campaña.

Los sectores afectados han planteado la necesidad de que los agricultores puedan disponer de más tiempo para adoptar sus decisiones de producción de esta campaña, y es voluntad del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca ampliar el plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas que regula la Orden mencionada.

Por otra parte, es preciso modificar la Orden ARP/55/2005, de 14 de febrero, para ampliar el porcentaje de retirada a consecuencia de las condiciones climáticas adversas y para introducir los rendimientos del cáñamo como cultivo no alimentario en tierras de retirada.

Por todo ello, valoradas las circunstancias antes mencionadas y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se prorroga el plazo de presentación de solicitudes de ayuda que se establecen en los artículos 5.2 y 5.5 de la Orden ARP/55/2005, de 14 de febrero, hasta el...

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