ORDEN JUS/449/2009, de 23 de septiembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación, estudios y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la administración de justicia y el derecho civil catalán.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/449/2009, de 23 de septiembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación, estudios y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la administración de justicia y el derecho civil catalán.

Al Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada le corresponde, de acuerdo con la Ley 18/1990, de 15 de noviembre, de creación del Centro, modificada por la Ley 8/2000, de 19 de junio, la promoción de la investigación y la difusión, mediante ayudas, de los ámbitos relacionados con la justicia y el derecho.

El año 1986 el Departamento de Justicia inició, mediante la Orden de 30 de abril, la convocatoria pública anual de subvenciones para la realización de estudios y trabajos en los ámbitos de la administración de justicia y el derecho.

Dado que el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada quiere continuar dando soporte a las iniciativas de investigación surgidas en los ámbitos universitarios y profesionales;

Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, que regula el régimen jurídico de las subvenciones y las transferencias de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir convocatoria para la concesión de ayudas a proyectos de investigación, estudio y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la administración de justicia y el derecho civil catalán. Esta convocatoria tiene dos modalidades en función del tipo de personal destinatario: A) para el personal de las diferentes administraciones públicas de Cataluña, cualquiera que sea su vinculación, a excepción del profesorado universitario y profesionales de entidades públicas o privadas sin afán de lucro que colaboren con la Administración, y B) para el profesorado universitario y estudiantes universitarios de 3r ciclo, y los profesionales liberales que trabajen en el ámbito de la justicia que vivan, trabajen o estudien en el territorio de Cataluña.

Artículo 2

Otorgar ayudas por un máximo total de 70.000 euros a cargo de la partida D/480000100/2150/0000 del presupuesto del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña para el año 2010.

La concesión de las ayudas queda condicionada al hecho de que en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio 2010 haya crédito suficiente en la aplicación presupuestaria correspondiente.

Artículo 3

El órgano resolutorio es la directora del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada. De acuerdo con lo que prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, la publicación de la resolución que finalice el procedimiento en el tablón de anuncios y en la web del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada http:/www.gencat.cat/justicia/cejfe/index.html, sustituye la notificación y tiene los mismos efectos.

Igualmente se dará publicidad de las ayudas concedidas mediante su inserción en el DOGC.

Artículo 4

Aprobar las bases que deben regir la concesión de ayudas objeto de la convocatoria, que se publican en el anexo de esta Orden.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación. Contra el acto de la convocatoria, los interesados pueden interponer recurso de reposición ante la consejera de Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de publicación en el DOGC.

Barcelona, 23 de septiembre de 2009

Montserrat Tura i Camafreita

Consejera de Justicia

Anexo

Bases

.1 Objeto

El objeto de estas bases es regular, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas para estimular los proyectos de investigación, estudios y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la administración de justicia y el derecho civil catalán.

Estas ayudas estarán repartidas en dos modalidades, según los beneficiarios a los que van destinadas.

.2 Periodo

El periodo en el que se deben realizar las investigaciones se circunscribe al año 2010.

.3 Beneficiarios

Pueden acceder a este concurso, individualmente o formando un equipo investigador, en la modalidad A) el personal de las diferentes administraciones públicas de Cataluña, cualquiera que sea su vinculación, a excepción del...

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