ORDEN TRI/254/2005, de 25 de mayo, por la que se modifica la disposición adicional quinta de la Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras que deben regir las subvenciones destinadas a los contratos programas para la formación de trabajadores/oras que promueve el Consorcio para la Formación Continua de ...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRI/254/2005, de 25 de mayo, por la que se modifica la disposición adicional quinta de la Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras que deben regir las subvenciones destinadas a los contratos programas para la formación de trabajadores/oras que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.

La Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras que deben regir las subvenciones destinadas a los contratos programas para la formación de trabajadores/oras que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, se publicó en el DOGC núm. 4249, pág. 21436, de 5.10.2004.

La disposición adicional quinta de la mencionada Orden establece que las acciones formativas que prevé serán ejecutadas por centros colaboradores debidamente homologados por el Servicio de Ocupación de Cataluña.

Con posterioridad a su publicación se ha constatado que la aplicación de esta disposición adicional quinta podría ocasionar situaciones de desigualdad respeto a otras entidades, instituciones o empresas que también han demostrado una eficaz gestión en el desarrollo de las acciones previstas en los contratos programa para la formación de trabajadores/oras que ahora se promueven e impulsan desde el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.

Es por esta razón que se ha creído necesario incorporar un párrafo nuevo a la disposición adicional quinta de la mencionada Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, donde se prevé esta posibilidad.

Considerando el acuerdo del Consejo General del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña; con audiencia en el Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña y en el Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña; informado el Consejo Catalán de la Formación Profesional, y previos informes de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada,

Ordeno:

Artículo único

Se añade un párrafo nuevo a la disposición adicional quinta de la Orden TRI/376/2004, de 25 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras que deben regir las subvenciones destinadas a los contratos programas para la formación de trabajadores/oras que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña (DOGC núm. 4249, pág. 21436, de 5.10.2004)...

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