ORDEN EDU/348/2009, de 28 de mayo, por la que se adapta el currículum del ciclo formativo de grado superior de mantenimiento de equipos industriales al perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyOrden

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EDU/348/2009, de 28 de mayo, por la que se adapta el currículum del ciclo formativo de grado superior de mantenimiento de equipos industriales al perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables.

El artículo 131.1.e) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, establece que corresponde a la Generalidad la competencia compartida con el Estado para el establecimiento de los correspondientes planes de estudio, incluida la ordenación curricular.

De acuerdo con el artículo 6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, las administraciones educativas competentes tienen que establecer el currículum de las diferentes enseñanzas que se regulan, de las cuales el Gobierno tiene que fijar previamente los aspectos básicos curriculares.

El Real decreto 2043/1995, de 22 de diciembre, estableció el título de técnico superior en mantenimiento de equipos industriales y las correspondientes enseñanzas mínimas en desarrollo de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, que ha sido derogada por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, lo cual conlleva la renovación de la actual oferta de ciclos formativos. A pesar de ello, mientras el Gobierno del Estado no complete el proceso de renovación, continúan vigentes los ciclos formativos creados en aplicación de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

Mediante el Decreto 196/1997, de 30 de julio (DOGC núm. 2459, de 21.9.1997), se estableció el currículum del ciclo formativo de grado superior de mantenimiento de equipos industriales, de 2.000 horas de duración, que corresponde a la familia profesional de mantenimiento y servicios en la producción.

Vista la necesidad de disponer de una formación adaptada al perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables, para poder atender adecuadamente el interés del colectivo de alumnado que quiere alcanzar la competencia profesional asociada al mencionado perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables;

Dado que la demanda de formación en el campo profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables se iba satisfaciendo con la impartición de cursos de formación ocupacional y que no existe ciclo formativo relacionado con el mantenimiento de instalaciones de energías renovables.

Dado que la disposición adicional segunda del Decreto 196/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior de mantenimiento de equipos industriales, establece que el consejero de Educación puede adaptar el currículum a las características singulares de colectivos de alumnado;

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Enseñanzas Profesionales, Artísticas y Especializadas y de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden adapta el currículum del ciclo formativo de grado superior de mantenimiento de equipos industriales, de 2.000 horas de duración, al perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables.

Artículo 2

Horario, perfil profesional y currículum

2.1 La distribución horaria es la que se indica en el apartado 1 del anexo.

2.2 El perfil profesional es el que se indica en el apartado 2 del anexo.

2.3 Los objetivos generales del ciclo formativo son los que se establecen en el apartado 3.1 del anexo.

2.4 Los contenidos del currículum se estructuran en los créditos que se establecen en el apartado 3.2 del anexo.

2.5 Los objetivos terminales son los criterios que sirven de referencia para la evaluación.

Artículo 3

Relación de créditos

La relación de créditos en que se estructuran los módulos profesionales del currículum del ciclo formativo de grado superior de mantenimiento de equipos industriales, de 2.000 horas de duración, adaptado al perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables, se establece en el apartado 3.4 del anexo.

Artículo 4

Profesorado

Las especialidades exigidas al profesorado que imparte los créditos correspondientes a este ciclo formativo, adaptado al perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables, son las que se establecen en el apartado 4 del anexo.

Artículo 5

Convalidaciones y correspondencia

Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o de correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 5.1 y 5.2 del anexo.

Artículo 6

Certificación

Los alumnos que superen todos los créditos que componen el currículum adaptado por esta Orden, además de solicitar el título de técnico en mantenimiento de equipos industriales, recibirán una certificación acreditativa del centro docente donde lo hayan cursado, en el que conste que han cursado y superado el ciclo formativo de grado superior de mantenimiento de equipos industriales, de 2.000 horas de duración, adaptado al perfil profesional de mantenimiento de instalaciones de energías renovables, de acuerdo con el modelo que consta en el apartado 6.1 del anexo.

Los alumnos que no superen todos los créditos recibirán la certificación de los estudios cursados de acuerdo con el modelo que consta en el apartado 6.2 del anexo.

Barcelona, 28 de mayo de 2009

Ernest Maragall i Mira

Consejero de Educación

Anexo

.1 Distribución horaria

1.1 Duración del ciclo formativo: 2.000 horas.

1.1.1 Formación en el centro educativo: 1.785 horas (créditos del 1 al 13 y del 15 al 18).

1.1.2 Formación en centros de trabajo: 215 horas (crédito 14).

.2 Perfil profesional

2.1 Competencia general.

Es competencia general de este técnico:

Programar y organizar la realización de los planes de mantenimiento de maquinaria y equipo industrial a partir de la documentación técnica.

Coordinar y supervisar la ejecución de los procesos de mantenimiento y realizar la instalación en planta de la maquinaria y equipo industrial y su puesta a punto, optimizando los recursos humanos y los medios disponibles, dando el apoyo necesario a los técnicos de nivel inferior y consiguiendo los niveles de calidad y condiciones de seguridad establecidas y de normalización vigente.

Desarrollar proyectos de modificación o de mejora de la maquinaria a partir del anteproyecto, de acuerdo con las normas establecidas y garantizando la viabilidad de la fabricación.

2.2 Competencias profesionales.

Las competencias y realizaciones más relevantes que tiene que manifestar el profesional son:

  1. Desarrollar procesos y métodos de mantenimiento y reparación y organizar su ejecución:

    1. Elaborar procesos operacionales de intervención para el mantenimiento, reparación y prueba test de máquinas, a partir de la documentación técnica e históricos de las máquinas, asegurando la factibilidad y la optimización de la intervención, y de los niveles de calidad y seguridad requeridos.

    2. Desarrollar los procesos de fabricación para la reconstrucción de elementos mecánicos, definiendo la secuencia de operaciones, las máquinas que se tienen que utilizar y las especificaciones de calidad requeridas.

    3. Realizar el dossier de reposiciones de máquina y determinar y actualizar los niveles de PDR (piezas de reposición) necesarios a partir de la información técnica del fabricante y de los históricos de máquina y experiencias adquiridas.

    4. Realizar la programación del mantenimiento preventivo (sistemático y predictivo) a largo y medio plazo de las máquinas e instalaciones, a partir del plan de producción y del plan de mantenimiento.

    5. Determinar la fiabilidad, disponibilidad y mantenibilidad de equipos y sistemas de líneas de producción aplicando métodos y procedimientos de seguimiento y simulación establecidos.

    6. Realizar el seguimiento y controlar la ejecución y costes del mantenimiento, a partir de los objetivos y situaciones de contingencia, en condiciones de máxima eficiencia.

    7. Crear, mantener e intensificar relaciones de trabajo en el ámbito de producción y mantenimiento, resolviendo los conflictos interpersonales que se presenten y participando en la puesta en práctica de procedimientos de reclamaciones y disciplinarios.

  2. ...

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