ACUERDO GOV/145/2017, de 17 de octubre, por el que se fija la tasa adicional para la estabilización y la consolidación del empleo temporal al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyAcuerdo

La Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2017, prevé que, en este ejercicio, las ofertas de empleo público y los instrumentos de gestión similares se deben aprobar en función de las disponibilidades presupuestarias y de conformidad con las previsiones de carácter básico que se establezcan. Asimismo, añade la posibilidad de acumular la tasa de reposición entre los ámbitos y los sectores que se determinen.

De acuerdo con ello, se aprobó el Acuerdo GOV/48/2017, de 18 de abril, por el que se aprueba la oferta parcial de empleo público de la Generalidad de Cataluña para el año 2017, modificado posteriormente por el Acuerdo GOV/88/2017, de 4 de julio.

La Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, desarrolla las reglas básicas de cálculo y distribución por sectores y ámbitos de la tasa de reposición de efectivos, y establece para determinados sectores la posibilidad de disponer de una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluye hasta el 90 % de las plazas que, dotadas presupuestariamente, hayan sido ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2016. Asimismo, se autoriza a las administraciones públicas a disponer, en los ejercicios 2017 a 2019, de una tasa adicional para la consolidación de empleo temporal de aquellas plazas que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan sido ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal.

El Acuerdo GOV/48/2017, de 18 de abril, fue objeto de aprobación con anterioridad a la publicación de la Ley de presupuestos generales del Estado para el 2017, y en consecuencia no contempló las tasas adicionales para la estabilización y la consolidación del empleo temporal, por lo que resulta ahora indispensable fijar esta tasa de reposición de efectivos adicional en el ámbito de la Administración de la Generalidad.

Así, de acuerdo con las reglas de cálculo de las tasas adicionales mencionadas, deben ser objeto de oferta de empleo público para la estabilidad y la consolidación del empleo temporal en la Administración de la Generalidad un total de 29.973 plazas, que se distribuyen en 15.658 plazas de personal funcionario de cuerpos docentes, 9.307 plazas de personal estatutario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR