ORDEN TIC/248/2003, de 2 de mayo, por la que se actualizan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/248/2003, de 2 de mayo, por la que se actualizan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo.

Visto lo que dispone el apartado segundo del artículo 3 de la Orden TIC/247/2003, de 2 de mayo, por la que se regula la adjudicación de las plazas y el funcionamiento de los servicios de las residencias de tiempo libre de Cataluña (DOGC núm. 3896, de 2.6.2003);

Dada la necesidad de actualizar los precios de los servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre de Les, de Llançà y de la Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona fijados por la Orden TRE/162/2002, de 17 de abril, por la cual se fijan los precios públicos de las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo (DOGC núm. 3638, de 17.5.2002);

Dado el procedimiento previsto en los artículos 23 y siguientes de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, para la creación, la modificación y la derogación de los precios públicos;

De acuerdo con lo establecido en la disposición final segunda de la Orden TRE/162/2002, de 17 de abril, por la que se fijan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre;

A propuesta de la subdirectora general de Coordinación de la Secretaría General de Asuntos Laborales y de Empleo y vistos los informes favorables de la Intervención Delegada y de la Asesoría Jurídica del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, y en virtud de mis atribuciones,

Ordeno:

Aprobar los precios públicos, con IVA incluido, de los diferentes servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo, de acuerdo con los conceptos y los importes que se establecen en los anexos.

Disposición transitoria única

La aprobación de los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre producirá efectos a partir del día 2 de enero de 2003.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 2 de mayo de 2003

Antoni Fernàndez Teixidó

Consejero de Trabajo, Industria,

Comercio y Turismo

Anexo 1

Precios de las estancias por día

Temporada baja. Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona. Estancias.

De 2 a 12 años (habitación con salita) (1): 13,20 euros.

De 13 a 59 años (habitación con...

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