ORDEN MAH/159/2006, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de actuaciones de ordenación ambiental de la iluminación exterior y se abre la convocatoria para el año 2006 (código de la convocatoria 03.01.06).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

MAH/159/2006, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de actuaciones de ordenación ambiental de la iluminación exterior y se abre la convocatoria para el año 2006 (código de la convocatoria 03.01.06).

La Ley 6/2001, de 31 de mayo, reguló la ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio ambiente de noche. La finalidad es mantener, lo máximo posible, las condiciones naturales de estas horas en beneficio de las personas, de la fauna, de la flora y de los ecosistemas en general, y promover la eficiencia energética de la iluminación exterior.

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña tiene como eje básico de su política sobre el medio ambiente, entre otros, la racionalización de los recursos naturales y la aplicación de las mejores técnicas disponibles para fomentar el respeto hacia el entorno natural y el ahorro de recursos. Por ello dictó el 3 de mayo de 2005 el Decreto 82/2005, que desarrolla la Ley 6/2001. El objeto de esta normativa es regular los aspectos relativos a las instalaciones y los aparatos de iluminación exterior e interior en lo referente a la contaminación luminosa que puedan producir.

El Departamento de Medio Ambiente y Vivienda establece, de acuerdo con las orientaciones del Gobierno, las directrices generales de la política de medio ambiente y el ejercicio de las competencias y las funciones establecidas en este ámbito por la Ley 4/1991, de 22 de marzo, de creación del Departamento de Medio Ambiente.

El Departamento de Medio Ambiente y Vivienda promueve la integración de la dimensión ambiental en todas las políticas que se desarrollan en Cataluña. La Estrategia catalana contra el cambio climático prevé apoyar a los entes locales que elaboren y formulen programas de actuación que ejecuten acciones que integren criterios para avanzar hacia una sociedad más sostenible.

El cumplimiento del Decreto 82/2005 y la aplicación de las mejores técnicas disponibles en el servicio público municipal de iluminación exterior permite reducir una parte del actual consumo energético de este servicio, el cual consume en Cataluña cada año más de 200.000 toneladas equivalentes de petróleo y genera la emisión de más de 700.000 toneladas de CO2.

La Dirección General de Calidad Ambiental tiene encargadas, entre otras, las funciones de formular, promover y difundir planes y programas sectoriales que velen por la aplicación de las mejores técnicas disponibles, el uso racional de los recursos naturales y el fomento de medidas de ahorro y de reducción de la contaminación.

Los ayuntamientos deben adecuar el alumbrado público existente antes del 31 de agosto de 2009, y el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda debe convocar ayudas a partir de los presupuestos de 2006, de acuerdo con las disposiciones transitoria segunda y tercera del Decreto 82/2005 y las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley 6/2001.

Los ayuntamientos, antes del 31 de diciembre de 2007, deben comunicar los planes de adecuación a la Oficina para la Prevención de la Contaminación Luminosa, de acuerdo con la disposición transitoria segunda punto primero del Decreto 82/2005.

El Departamento de Medio Ambiente y Vivienda debe asesorar en la redacción de planes municipales de adecuación de la iluminación exterior existente y colaborar en ella, y debe promover que los consejos comarcales los redacten, de acuerdo con el artículo 13 y la disposición transitoria segunda del Decreto 82/2005.

De acuerdo con la normativa de régimen local, los ayuntamientos pueden delegar en el consejo comarcal la elaboración de la redacción de los planes municipales de adecuación de la iluminación exterior existente según las prescripciones de la Ley 6/2001 y del Decreto 82/2005.

Considerando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2006, y de acuerdo con los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003);

Por ello, vistos los informes favorables emitidos por la Asesoría Jurídica y la Intervención Delegada, a propuesta de la Dirección General de Calidad Ambiental, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para actuaciones de ordenación ambiental de la iluminación exterior, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Convocatoria

Se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el año 2006, que se regirá por lo que establece esta Orden.

Artículo 3

Dotación máxima para la convocatoria del año 2006

La dotación máxima de la convocatoria que se destinará a estas ayudas en el año 2006 es de 900.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria MA03D/460000100 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2006. Se destinan 400.000 euros a redactar planes de adecuación de la iluminación exterior existente y 500.000 euros a ejecutar proyectos de adecuación. La dotación máxima indicada en el párrafo anterior puede ser modificada con sujeción a la normativa vigente. En vista de las solicitudes de subvenciones recibidas, el posible excedente de crédito de una línea en concreto, a propuesta del órgano colegiado descrito en la base 6, se podrá transferir de manera automática para cubrir los déficit de la otra línea que...

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