ORDEN TRE/351/2009, de 7 de julio, por la que se modifica la Orden TRE/235/2009, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se abre la convocatoria para el 2009 para la concesión de subvenciones para la realización de los planes de empleo y para las actuaciones de la red de orientación para el empleo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorServicio de Ocupación de Cataluña
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRE/351/2009, de 7 de julio, por la que se modifica la Orden TRE/235/2009, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se abre la convocatoria para el 2009 para la concesión de subvenciones para la realización de los planes de empleo y para las actuaciones de la red de orientación para el empleo.

Vista la Orden TRE/235/2009, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se abre la convocatoria para el 2009 para la concesión de subvenciones para la realización de los planes de empleo y para las actuaciones de la red de orientación para el empleo;

Teniendo en cuenta que una vez publicada esta convocatoria se ha incrementado la dotación presupuestaria para las entidades locales de menos de 30.000 habitantes y se ha considerado conveniente modificar algunos aspectos como el plazo de ejecución de las acciones, que se amplía hasta el 31 de marzo de 2010, con el fin de adecuarse todavía más a las necesidades del mercado de trabajo;

Considerando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que la desarrolla, y la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas reguladoras de subvenciones en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional;

Visto el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004);

Considerando que se ha informado al Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña; vistos las informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y en uso de las facultades que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el apartado 1 del artículo 30 de la Orden TRE/235/2009, de 8 de mayo, relativo al procedimiento de valoración y puntuaciones de cada proyecto, que queda redactado de la manera siguiente:

.1. La valoración de estas ayudas se hará de la manera siguiente: en primer lugar, se valorarán los contenidos específicos de cada acción concreta contenida en las memorias descriptivas correspondientes, donde se aplicarán los criterios de valoración previstos en esta convocatoria. Esta valoración supondrá como máximo 80...

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