RESOLUCIÓN CLT/357/2005, de 15 de febrero, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones para la edición y la promoción de fonogramas durante el año 2005 (código 10904).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CLT/357/2005, de 15 de febrero, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones para la edición y la promoción de fonogramas durante el año 2005 (código 10904).

Dado que entre las funciones del Instituto Catalán de las Industrias Culturales se encuentra la de fomentar el desarrollo de las empresas relacionadas con las industrias culturales y de promover y ejecutar cualquier otra actividad dirigida a desarrollar las industrias culturales en Cataluña y que uno de sus objetivos es garantizar el apoyo a la producción y promoción fonográfica, y hacer posible una mayor difusión de la creación musical realizada en Cataluña;

De acuerdo con el artículo 11.e de los Estatutos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril;

Dados los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Resuelvo:

.1 Se abre convocatoria para la concesión de subvenciones para la edición y promoción de fonogramas durante el año 2005 (código 10904).

.2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases que constan en el anexo de esta Resolución, aprobadas por el Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales en su reunión de 14 de febrero de 2005 y por la normativa general de subvenciones.

.3 La dotación máxima para las subvenciones que prevé esta Resolución es de 400.000 euros, con cargo a la partida 470.00 01 del presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2005.

La dotación máxima prevista podrá ser ampliada en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias.

.4 Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la consejera de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 15 de febrero de 2005

Xavier Marcé i Carol

Director

Anexo

Bases

.1 Objeto

El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones para la edición y promoción de fonogramas de distribución comercial normal, de intérpretes, compositores o formaciones que desarrollen su actividad básicamente en Cataluña, editados durante el año 2005 en las modalidades siguientes:

a) Subvenciones a la edición de fonogramas.

b) Subvenciones a la promoción y publicidad de fonogramas editados.

.2 Condiciones

El Instituto Catalán de las Industrias Culturales limita la subvención a un máximo de 6 ediciones diferentes por empresa discográfica para el año 2005, ya que se entiende que cada edición puede optar a las dos modalidades presentadas en esta convocatoria.

.3 Cuantía

3.1 El importe de las subvenciones es, en lo relativo a las dos modalidades de subvenciones, de 2.500 euros por proyecto y de 3.500 euros en el caso de que se trate de música en catalán. Se entiende edición en catalán, aquellos fonogramas que tienen un mínimo del 60% de los temas o del total de la duración en lengua catalana.

3.2 En el caso de edición de fonogramas realizados en régimen de coproducción se distribuirá el importe de la ayuda entre las empresas coproductoras que opten a subvención en función de su porcentaje de participación.

3.3 El importe subvencionado no podrá superar el 30% del coste total de la actividad subvencionada, excepto en el caso de música en catalán en el que este porcentaje podrá llegar al 50%.

.4 Destinatarios/as

Pueden optar a estas subvenciones las empresas fonográficas domiciliadas en Cataluña que tengan en proyecto llevar a cabo la edición de fonogramas de intérpretes, compositores o formaciones que prevé la base 1. No pueden optar a las subvenciones las entidades sin finalidad de lucro, ni aquellos/as solicitantes que haya obtenido una subvención para el mismo proyecto por cualquier órgano u organismo de la Generalidad de Cataluña, o participado por ésta.

.5 Requisitos

5.1 Para optar a estas subvenciones se deben reunir los siguientes requisitos:

a) Que sea obra original o producción especialmente singular.

b) Que su duración no sea inferior a 45 minutos o 30 minutos en...

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