RESOLUCIÓN TRI/3158/2006, de 22 de septiembre, por la que se abre la correspondiente convocatoria para el año 2006 para la concesión de subvenciones públicas para la realización de acciones relativas a programas experimentales en materia de empleo.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN
TRI/3158/2006, de 22 de septiembre, por la que se abre la correspondiente convocatoria para el año 2006 para la concesión de subvenciones públicas para la realización de acciones relativas a programas experimentales en materia de empleo.
Considerado el artículo 1.2 de la Orden TRI/357/2004, de 27 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas para la realización de acciones relativas a programas experimentales en materia de empleo, por la que se establece que mediante una resolución del consejero de Trabajo e Industria se efectuará la convocatoria para la presentación de solicitudes para la obtención de las subvenciones que prevé esta Orden (DOGC núm. 4235, de 8.10.2004);
Considerado lo que dispone la Orden TAS/2643/2003, de 18 de septiembre, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas experimentales en materia de empleo (BOE núm. 232, de 27.9.2003) y la TAS/816/2005, de 21 de marzo, que adecua el régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional (BOE núm. 78, de 1.4.2005);
Vista la Estrategia Europea para el empleo, las nuevas directrices para el empleo para el periodo 2005-2008, y las Recomendaciones comunitarias en este ámbito, tienen como finalidad lograr el total empleo, la mejora de la calidad y la productividad en el trabajo, y el refuerzo de la cohesión social y territorial, haciendo especial mención de la igualdad de oportunidades y de la lucha contra toda clase de discriminación, a fin de favorecer la incorporación en el mercado de trabajo de las personas desfavorecidas. Se trata de poner en marcha medidas activas y preventivas del mercado de trabajo, a fin de favorecer la inserción laboral de estas personas, así como de modernizar y fortalecer las instituciones del mercado de trabajo, y en especial de los servicios de empleo;
Considerando lo que disponen la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de ocupación, y de creación del Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo (BOE núm. 301, de 17.12.2003);
Visto lo que establece el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras;
La Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2004);
La Ley 21/2005, de 29 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4541, de 31.12.2004);
Teniendo en cuenta que se ha informado al Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña, vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, a propuesta del director del Servicio de Ocupación de Cataluña y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la...
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