ORDEN SLT/453/2006, de 27 de septiembre, de modificación de la Orden SLT/349/2006, de 6 de julio, de creación del Consejo de la Profesión Médica de Cataluña, adscrito al Departamento de Salud.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
SLT/453/2006, de 27 de septiembre, de modificación de la Orden SLT/349/2006, de 6 de julio, de creación del Consejo de la Profesión Médica de Cataluña, adscrito al Departamento de Salud.
Mediante la Orden SLT/349/2006, de 6 de julio (DOGC núm. 4676, de 14.7.2006), se ha creado el Consejo de la Profesión Médica de Cataluña, adscrito al Departamento de Salud, como órgano permanente de consulta y participación del colectivo profesional médico en Cataluña;
Dada la conveniencia de revisar la composición del Consejo de la Profesión Médica de Cataluña y de la Comisión de trabajo en aspectos relativos a la ordenación de la profesión médica para favorecer una mayor participación de las organizaciones sindicales, así como también el funcionamiento del Consejo por lo que respecta al quórum de adopción;
De acuerdo con lo que se ha expuesto, y haciendo uso de las facultades que me confiere la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
Ordeno:
Se modifica la Orden SLT/349/2006, de 6 de julio, de creación del Consejo de la Profesión Médica de Cataluña, adscrito al Departamento de Salud, en los siguientes términos:
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El artículo 3.1 queda redactado del siguiente modo:
"3.1 El Consejo de la Profesión Médica de Cataluña se compone de los siguientes miembros:
"a) Un/a presidente/a, que es el/la consejero/a de Salud.
"b) Un/a vicepresidente/a primero/a designado/designada por el/por la consejero/a de Salud. Un/a vicepresidente/a segundo/a designado/designada de entre los vocales no pertenecientes a la Administración de la Generalidad de Cataluña, por estos vocales.
"c) Un/a secretario/secretaria, que es el/la director/a del Instituto de Estudios de la Salud, y que actuará con voz y voto.
"d) Vocales:
"El/la secretario/secretaria general del Departamento de Salud.
"El/la director/a del Servicio Catalán de la Salud.
"El/la director/a gerente del Instituto Catalán de la Salud.
"Un/a representante de la Administración Sanitaria con rango orgánico mínimo asimilado a director/a general.
"El/la presidente/a del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña y dos médicos/médicas en representación de las organizaciones médicas colegiales.
"El/la presidente/a de la Academia de Ciencias Médicas y de la Salud de Cataluña y de Baleares y un/a médico/médica designado/designada de entre los presidentes de las diferentes...
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