DECRETO 180/2005, de 30 de agosto, de modificación del Decreto 155/1994, de 28 de junio, por el que se regulan los servicios educativos.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

180/2005, de 30 de agosto, de modificación del Decreto 155/1994, de 28 de junio, por el que se regulan los servicios educativos.

Por el Decreto 155/1994, de 28 de junio, se regularon los servicios educativos del Departamento de Educación, para redefinir sus funciones, su ámbito de actuación, la forma de acceder, la permanencia de su personal y la dependencia en el organigrama del Departamento de estos servicios de apoyo a la tarea docente.

Los servicios educativos del Departamento de Educación son órganos de apoyo permanente a la tarea docente de los maestros, de los profesores y de los centros docentes y se han constituido como núcleos de dinamización pedagógica, de orientación psicopedagógica, de búsqueda de nuevas metodologías y de acercamiento de la escuela al entorno.

El Departamento de Educación entiende el derecho a la educación como el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a recibir una educación de calidad en el marco de un sistema educativo integrador e inclusivo, orientado por los principios de igualdad, equidad y cohesión social.

En este sentido, la progresiva incorporación a nuestro sistema educativo de alumnado procedente de la inmigración y la aparición de nuevas formas de exclusión social, hace que sea necesaria una acción específica, con un doble objetivo: la adecuada integración educativa, social y cultural de todo el alumnado, independientemente de su origen y condición; y la consolidación de la lengua catalana como lengua vehicular de la enseñanza y como elemento social en un marco plurilingüe.

Para lograr una escolarización de calidad para todos y dar al profesorado el apoyo necesario para el desarrollo de la actividad docente, se considera conveniente la creación de unos nuevos servicios educativos, los equipos de apoyo y asesoramiento en Lengua, Interculturalidad y Cohesión Social, encargados de desarrollar funciones de colaboración, asesoramiento y apoyo en relación con aspectos lingüísticos, interculturales y de cohesión social.

En su virtud, a propuesta de la consejera de Educación, con el dictamen del Consejo Escolar de Cataluña, efectuado el trámite previo de consulta y participación con los representantes del personal al servicio de las Administraciones Públicas y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Decreto:

Artículo 1

Se modifica el artículo 2.2 del Decreto 155/1994, de 28 de junio, por el...

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